El senado aprobó, por unanimidad, la reforma al artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, con lo cual se garantiza que las mujeres que amamanten a su hijo o hija no sean discriminadas, es decir, que ninguna autoridad podrá negar, prohibir o limitar dicha acción en un espacio público.
Aunque no estaba prohibido, tampoco estaba garantizado dicho derecho por ley, al aprobar la reforma se garantiza que las mujeres no tendrán restricciones o limitaciones para alimentar a su hijo en cualquier lugar. Fue enviada al mandatario Andrés Manuel López Obrador para su promulgación.
Kenia López, integrante de la bancada del PAN y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, indicó que “ninguna mujer debe impedírsele el ejercicio de este derecho… Por una lactancia plena, libre de prejuicios y un ambiente libre de discriminación”.
El dictamen fue aprobado en diciembre del 2020 en la Cámara de Diputados y en el que se justifica que la mujer que amamante en un espacio público, “no sólo el ejercicio del derecho a la lactancia y el ejercicio del derecho a la no discriminación, sino que implica el ejercicio de los derechos humanos a la salud y a la alimentación”.
Por lo que al limitar dicha acción contraviene a las disposiciones jurídicas en materia de discriminación, además, de que podría violentar otros derechos humanos.
En el país, el 28.6% de los menores de seis meses de edad reciben lactancia materna exclusiva, se indica en el dictamen.
Por lo que ahora, las personas que intenten reprimir, discriminar o incluso agredir a una mujer que alimente en público a su hijo o hija, significa que es un acto ilegal. Cabe señalar que entre el 11 y 43% de las mujeres mexicanas que trabajan pudieron amamantar a sus hijos por seis meses.
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