Multas viales

Portaplacas 2025: estos son los que puedes usar para evitar multas en CDMX

Estos son los mejores modelos de portaplacas para darle personalidad a tu auto sin tener problemas con la ley en la Ciudad de México

Portaplacas 2025: estos son los que puedes usar para evitar multas en CDMX

Los porta placas son objetos decorativos que puedes utilizar en tu automóvil o motocicleta, existen muchos modelos llamativos en distintos colores para darle personalidad a tu vehículo, sin embargo, algunos podrían meterte en problemas con la ley, aquí te explicamos cuáles puedes usar y cuales deberías de descartar.

El artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, especifica aquellas modificaciones están prohibidas en el automóvil y sus respectivas multas. Aquí se especifica que las luces neón y/o portaplacas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo y/o micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas podrían generar una multa.

Esta multa está estimada en un equivalente de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA’s), la cual, en 2025 equivale a 113.14 pesos diarios. Esto quiere decir que la multa podría ascender a 1,131.1, 2,262.2 o 3,393.3 pesos mexicanos de acuerdo a cuánta visibilidad reste el objeto decorativo de las placas vehiculares.

Eso quiere decir que los portaplacas con el marco delgado son ideales para transitar por la Ciudad de México, lo que busca esta regulación es que todos los automóviles que transiten lo hagan debidamente identificados de forma adecuada, reducir accidentes y fortalecer la vigilancia para una ciudad más segura.

La información de la placa debe verse en su totalidad
Créditos: Mercado Libre

¿Qué otra cosa está prohibido portar en tu vehículo y de cuanto es la multa?

De acuerdo con el artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se prohíbe instalar o utilizar en vehículos motorizados:

  • Bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicas u porotos mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura
  • Faros deslumbrantes que no cumplan con las normas Oficiales Mexicanas y pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones
  • Sistemas antirradares o detectores de radares de velocidad
  • Modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con objeto de provocar ruido excesivo
  • Bocinas (claxon) que produzcan ruido excesivo o un sonido diverso al que producía la bocina original de fábrica
  • Películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20 por ciento. Cuando así se requiera por razones médicas, debidamente acreditadas ante la Secretaría y deberá constar en la arjeta de circulación.
Evita polarizar los vidrios de tu auto
Créditos: Archivo El Heraldo de México

Por portar estos objetos, el policía de tránsito puede imponer una multa de entre 10 y hasta 50 UMA’s, de acuerdo a cuanto afecte el vehículo y los otros conductores, lo que serían multas entre los  1,131.1 a los 5,655.5 pesos.

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