Multas e infracciones

5 razones por las que te pueden multar en la CDMX además de usar portaplacas

Usar portaplacas no es el único motivo por el que podrían multarte al circular en la Ciudad de México, aquí te damos algunas razones

5 razones por las que te pueden multar en la CDMX además de usar portaplacas
Hay varias razones por las que podrás ser acreedor a una multa. Foto: Cuartoscuro | Freepik

El tema de las infracciones por el uso de portaplacas en la Ciudad de México (CDMX) se ha popularizado pues se puso en marcha un operativo para detectar a los vehículos que tienen alteraciones en su matrícula con la finalidad de evitar las fotomultas que se implementan en la capital del país. 

Y es que en redes sociales y plataformas de comercio digital cobraron fuerza algunos portaplacas que prometen evitar las fotomultas dirigidas a los automovilistas de diferentes partes del país, pues a través de micas reflejantes se evita que al tomar la fotografía se vea con claridad el número de placa. 

La Secretaría de Movilidad (Semovi) de la CDMX, las llamadas "fotocívicas" hacen referencia a un sistema que se encarga de medir el comportamiento vial de los automovilistas a través de la resta de puntos según el comportamiento del automovilista. Todos los automovilistas cuentan con 10 puntos semestrales que se van restando de acuerdo con las infracciones cometidas.

Además de los portaplacas te pueden multar por el uso de estos objetos

Captura de pantalla del reglamento de tránsito de la Ciudad de México. 

El Artículo 43, fracción III del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México indica que se prohíbe el uso de portaplacas que dificulten ver la información que contienen las placas de un vehículo.

Se prohíbe instalar o utilizar en vehículos motorizados luces de neón y/o porta placas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo y/o micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas.

Las personas que incumplan con esta fracción del Artículo 43 serán acreedores a una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, es decir de 1,131.4, pesos hasta 2,262.8 pesos. Pero no sólo eso pues también queda prohibido el uso de:

  • Vidrios polarizados en un porcentaje mayor al 20%
  • Bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicos
  • Detectores de radares de velocidad o sistemas antirradares
  • Faros deslumbrantes que representen un riesgo para otros automovilistas y peatones
  • Modificaciones en el sistema de escape de gases

Los conductores que coloquen alguno de estos objetos en su vehículo recibirán una multa que va los 2,262.8 pesos hasta 5,657 pesos. Así que se recomienda evitar cualquiera de estos para no ser acreedor a una sanción económica.

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