A lo largo y ancho de la Republica mexicana, existen miles de de profesionistas de distintas carreras diferentes universidades públicas y privadas, quienes estudiaron para ejercer en un empleo que les apasiona y con ello aumentar su calidad de vida.
Uno de los documentos que avala que estás certificado en la profesión que cada egresado ejerce es la cédula profesional, la cual, es indispensable para desempeñar alguna función específica que solicite el empleador.
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Sin embargo, hoy en día existen casos en los que algunos profesionistas se quedarían sin este certificado o cédula profesional por una importante razón.
¿Puedo ejercer sin un título y cédula profesional?
Aquellas personas que ejerzan cualquier profesión que requiera como requisito un título profesional para su ejercicio, sin necesitar la cédula profesional, no podrán cobrar por el concepto de honorarios, esto de acuerdo con los Artículos 68 y 69 de la ley antes citada.
Ahora, la sanciones se pueden evitar para quienes ejerzan actividades de título profesional sin tenerlo, bajo el requisito que lo haya autorizado la Dirección General de Profesiones
¿Me pueden multar por ejercer sin cédula profesional?
Si bien es cierto, existen personas que no concluyeron con sus estudios universitarios y ejercen sin tener este valioso documento, en este sentido, los delitos que cometan los profesionistas en el ejercicio de su profesión, serán castigados por las autoridades que correspondan con base al Código Penal, esto de acuerdo con la Ley Reglamentaria del Artículo 5 de la Constitución Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos, referente al Ejercicio de las Profesiones en la capital del país.
Sumado a esto, la ley antes mencionada indica que quienes ofrezcan servicio de un profesionista públicamente sin la respectiva cédula profesional serán sancionados con el Código Penal y la Dirección General de Profesiones con previa comprobación de la infracción cometida, se impondrá una multa de referencia.
¿Quiénes son los profesionales que se quedarían sin cédula profesional?
De acuerdo a la ley constitucional antes mencionada, se les cancelará la cédula profesional a instituciones educativas, colegios de profesionistas u otros actos que deban registrar una solicitud y previa audienca de la parte interesada por los siguientes actos:
- Por errores o falsificación de documentos inscritos
- Por expedir el título sin requisitos que establece la ley
- Por disolución del colegio de profesionistas y demás que establezcan las leyes o reglamentos
- Por la extinción de la universidad o institución educativa facultada para expedir títulos profesionales o grados académicos equivalentes,
- Por la revocación de la autorización o retiro de reconocimiento oficial de estudios.
Paso a paso: así puedes tramitar tu cédula profesional
Si acabas de egresar de la universidad, ya sea pública o privada y ya tienes tu título profesional, el procedimiento es el mismo; solo tienes que tramitar tu cédula ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Para tramitarlo, necesitas entrar al portal https://www.gob.mx/cedulaprofesional y tener a la mano los siguientes requisitos.
- e.firma vigente
- CURP
- Tarjeta de crédito o débito para el pago en línea.
DRV/TJM