El presidente Andrés Manuel López Obrador, vetó la reforma aprobada en diciembre pasado a la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, para ello regresó al Congreso de la Unión el decreto y solicitó, en uso de sus facultades, que sea desechado en su totalidad, entre las observaciones que hace están la inconstitucionalidad de los cambios.
Este miércoles, la Mesa Defectiva de la Comisión Permanente, recibió el documento enviado por el titular del Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobernación, para desechar la reforma a los artículos 12 y 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, que modifica las condiciones para la elección de los magistrados agrarios, que fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 8 de diciembre y que tiene como Cámara de origen, el Senado de la República.
En su fundamentación el primer mandatario refiere que, de acuerdo con la reforma, se busca profesionalizar a magistradas y magistrados que imparten justicia agraria, modificando el artículo 12, donde se establecen los requisitos para ser magistrados.
En su argumentación, respecto a la adición al artículo 12 para que, además de comprobar una práctica profesional mínima de 5 años, la experiencia de los magistrados deba ser en "materia agraria", el titular del Ejecutivo señaló que la Constitución no establece dicho requisito.
Adicionalmente, la reforma establece que el Ejecutivo debe presentar una justificación de la idoneidad de las personas propuestas y hacer constatar la trayectoria profesional y académica de las personas propuestas.
En tanto, las modificaciones al artículo 17, eliminan la inamovilidad sobre los nombramientos por seis años de los magistrados, se establece que luego de este periodo, los magistrados del Tribunal Superior Agrario podrán ser ratificados por una sola ocasión por un nuevo periodo de nuevo 9 años, improrrogable, es decir, no podrán permanecer más de 15 años en el cargo.
Además, señala que los magistrados de los tribunales unitarios y supernumerarios podrán ser ratificados también por otros 9 años, o podrán ser propuestos para formar parte del Tribunal Superior Agrario para el mismo periodo.
"Para el titular del Poder Ejecutivo Federal, más que el conocimiento formal, debe tomarse en cuenta la solvencia profesional, calidad ética, capacidad de análisis y razonamiento lógico-jurídico, demostrada con la experiencia profesional y formación académica".
Desacuerdo con inamovilidad
El presidente se expresa en desacuerdo con eliminar la inamovilidad de los magistrados agrarios y considera que, al cancelar esta condición, la reforma estaría reservando al personal de los propios Tribunales Agrarios el derecho a ocupar los cargos de magistrada y magistrado, limitando la posibilidad de una renovación real de perspectivas jurídicas.
"Llevar a la ley en la materia la obligación del Ejecutivo federal para justificar la idoneidad de sus propuestas de magistradas y magistrados agrarios estaría excediendo el texto constitucional y, por lo tanto, afectando la división de Poderes, más aún cuando no especifica qué elementos constituyen dicha idoneidad", señalan las observaciones del Ejecutivo.
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dhfm