Columna Invitada

La Constitución y Las Leyes de Reforma de la Cuarta Transformación

La Independencia, la primera gran transformación de México, se expresó en la Constitución de 1824. Ahí se plasmaron el liberalismo y el federalismo del nuevo país

La Constitución y Las Leyes de Reforma de la Cuarta Transformación
Martí Batres Guadarrama / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Foto: El Heraldo de México

El pasado 5 de febrero se celebró el 108 Aniversario de la Constitución, ocasión para reflexionar sobre nuestra Carta Magna en una época de cambios.

De hecho, toda transformación se acompaña de una propuesta jurídica, unas veces plasmada en una Constitución, otras, en un conjunto de reformas.

La Independencia, la primera gran transformación de México, se expresó en la Constitución de 1824. Ahí se plasmaron el liberalismo y el federalismo del nuevo país.

La Reforma, la segunda gran transformación, se manifestó a través de tres momentos: primero las Leyes Lerdo y Juárez, de desamortización de bienes y de abolición de fueros eclesiásticos y militares; después, la Constitución de 1857, con la protección de libertades individuales a través del Amparo, y derechos democráticos, como la elección por voto de los integrantes de la Suprema Corte. Y finalmente, las Leyes de Reforma.

Fueron las Leyes de Reforma el momento climático de la segunda transformación, pues establecieron la separación Estado-Iglesia, el Estado laico, la libertad de cultos, el Registro Civil, la secularización de nacimientos, matrimonios y defunciones, la nacionalización de los bienes eclesiásticos y la redistribución de la propiedad.

La Revolución Mexicana, la tercera gran transformación, se materializó jurídicamente en la Constitución de 1917. En ella se plasmaron por vez primera en la historia del mundo, derechos sociales como la educación, la tierra y el trabajo.

La Cuarta Transformación que hoy se vive en la Nación no se ha materializado en una nueva Constitución, pero se ha plasmado en un conjunto de reformas constitucionales profundas, por eso hablamos de una especie de Leyes de Reforma del Siglo XXI, aprobadas entre 2019 y 2025, pero especialmente en 2024-2025.

Entre estas reformas destacan: la pensión de adultos mayores, la pensión para personas con discapacidad, la beca para estudiantes, la protección del salario mínimo para que se actualice por encima de la inflación, las pensiones del bienestar para trabajadores asalariados, la paridad en todos los órganos del Estado, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la gratuidad de la educación pública en todos los niveles, el derecho a la vivienda adecuada, los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos a sus propios sistemas normativos, así como la derogación de los privilegios fiscales, de la partida secreta del Presidente y de la inmunidad presidencial, y de forma muy destacada, la reforma para la elección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial  por voto ciudadano, entre muchas otras. 

Son las Leyes de Reforma de la Cuarta Transformación, que configuran, no formalmente, pero sí materialmente, una nueva constitucionalidad.

POR MARTÍ BATRES GUADARRAMA

DIRECTOR DEL ISSSTE

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