COLUMNA INVITADA

Régimen patriarcal y justicia constitucional

Los detalles del caso concreto se pueden reducir a destrabar una muestra deplorable del régimen patriarcal que tanto daño hace a la sociedad mexicana y vulnera los derechos fundamentales de las mujeres

OPINIÓN

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Juan Luis González Alcántara / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Al evocar el título de un interesantísimo y aleccionador artículo del doctor Manuel Aragón Reyes, el futuro de la justicia constitucional consiste en que ésta se mantenga imparable como una realidad en el Estado democrático. Y un ejemplo de esa realidad que vincula teoría y práctica es una sentencia recientemente emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: la recaída al amparo directo 9/2021.

Los detalles del caso concreto se pueden reducir a destrabar una muestra deplorable del régimen patriarcal que tanto daño hace a la sociedad mexicana y vulnera los derechos fundamentales de las mujeres. Los hechos son reales, aunque bien podrían ser parte de una historia como la película clásica Una familia de tantas, del director Alejandro Galindo: El marido que, tras un divorcio, “permite” vivir en la casa conyugal a la esposa, siempre y cuando, se mantuviera soltera, no recibiera visitas masculinas, no contrajera matrimonio de nueva cuenta y que la habitara exclusivamente en compañía de los hijos menores de edad.

Una buena parte de lo que soporta la cotidianidad mexicana, o la realidad cambiante en México, son las relaciones de poder intrínsecas a una sociedad patriarcal. Se trata de relaciones opresivas y discriminatorias de las mujeres, que, después de haberse transformado en “roles de género” o “patrones irracionales de conducta”, terminaron por invadir no sólo nuestra forma de pensar como seres humanos, sino la forma en que los órganos jurisdiccionales resuelven los conflictos que son sometidos a su arbitrio o consideración.

Qué atentado más humillante a la dignidad y autonomía de las mujeres que esta formalización contractual del patriarcado en un convenio de divorcio, tanto como institucionalizar el derecho de un hombre de pisotear la esencia de humanidad de una mujer por el hecho de ser mujer.

Es como transformar a las mujeres divorciadas en eternas Penélopes, que, en forma paciente y estoica rechazan no sólo a sus pretendientes, sino, y sobre todo, los deseos y necesidades propias, en espera de un Ulises que bien la pasa por años en compañía de Calipso en sus paradisíacas vacaciones en Ítaca.

En relación directa con este problema, la justicia constitucional exige romper con relaciones intergenéricas de poder entre mujeres y hombres, y propugnar por una forma de juzgar que contribuya a la construcción de una sociedad igualitaria.

La justicia constitucional exige el dictado de sentencias que coadyuven en la redistribución de los poderes sociales; deconstruyan la opresión y la enajenación del género; mejoren la calidad de vida de mujeres y hombres; y que, en última instancia, contribuyan al desarrollo de un pensamiento crítico, en el que el eje rector de cualquier idea y/o concepción sea la dignidad del ser humano en sí mismo, sin accidentalismos o construcciones de naturaleza social.

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA

MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

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