ELECCIÓN JUDICIAL

Jueces tienen 24 horas para revisar suspensiones contra la reforma judicial

Seis ministros consideraron que se debe ordenar a los juzgadores de distrito revisar las medidas cautelares que otorgaron

Jueces tienen 24 horas para revisar suspensiones contra la reforma judicial
Foto: Cuartoscuro

Los jueces de distrito que concedieron suspensiones contra la reforma judicial tienen 24 horas para revisar de oficio esas resoluciones, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Esto implica revocar las suspensiones que invadan la materia electoral.

Durante cinco horas, los ministros debatieron la petición que hicieron juzgadores a la Corte para que se pronunciara sobre si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) puede o no analizar, incluso revocar suspensiones otorgadas por jueces y que ordenaban frenar el proceso de elección.

Seis ministros consideraron que se debe ordenar a los juzgadores de distrito revisar las medidas cautelares que otorgaron.

Con siete votos, el máximo tribunal resolvió que las sentencia emitidas por la Sala Superior del TEPJF son opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo.

El Pleno de la Corte rechazó exhortar a las autoridades responsables en los juicios de ampro a cumplir las suspensiones otorgadas.

Fue un intenso debate en el que, incluso se requirió repetir la votación en algunos aspectos de los efectos de la sentencia.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo aseguró que la Sala Superior del TEPJF no tiene competencia para revocar o dejar sin efecto una resolución de un juez de distrito en un juicio de amparo.

La única manera de revocarlas, dijo, es a través de los recursos establecidos en la ley, en este caso los tribunales colegiados.

“El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que nadie le discute su competencia como tribunal máximo en materia electoral, con esa competencia que tiene reconocida, no tiene competencia para revisar, revocar o dejar sin efecto una determinación dictada en un juicio de amparo, porque no es el órgano constitucionalmente establecido para ello”, indicó Pardo Rebolledo.

Lenia Batres Guadarrama dijo que el proyecto debatido puede llevar a una tiranía de los jueces al hacerles creer que pueden emitir resoluciones por su convicción y su voluntad.

“La dictadura no sólo puede venir del Poder Ejecutivo, sino de cualquier autoridad que emita actos abusando de su estatus para reprimir derechos y ejercer el poder de manera absoluta ignorando las leyes que deben cumplir…

“Como pareciera que se quiere justificar ahora de las personas juzgadoras que han excedido sus atribuciones y justifican sus decisiones abusivas con supuestos argumentos jurídicos o con la confusión de sus propias atribuciones”, enfatizó.

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