PADRÓN TELEFÓNICO

Ministro niega frenar el padrón de telefonía móvil

El integrante de la SCJN dijo que el padrón aún no opera, por lo que no se puede otorgar la suspensión que solicita el INAI

NACIONAL

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Un ministro admitió a trámite esa impugnación y la que presentaron senadores de oposición Foto: Cuartoscuro

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó frenar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), pues consideró que el padrón aún no opera, por lo que no se puede otorgar la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que presentó una acción de inconstitucionalidad.

El ministro admitió a trámite esa impugnación y la que presentaron senadores de oposición, además dijo que para la entrega de datos personales, entre estos los biométricos, es necesario que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emita antes los lineamientos de operación y para eso tiene 180 días. 

"De acuerdo con el régimen transitorio del decreto impugnado, si bien esas normas entraron en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 17 de abril del presente año, lo cierto es que la obligación de proporcionar esos datos está sujeta, primero, a la condición relativa a que dentro del plazo de 180 días naturales siguientes a la expedición del decreto el IFT expida, entre otras, las disposiciones administrativas de carácter general", señala el acuerdo. 

El INAI pidió a la Corte la suspensión de los efectos y consecuencias de la reforma bajo el argumento de que, con la medida, se paralizarían los daños que pueden causar las obligaciones de registro de la línea telefónica de los usuarios derivados de la norma.   

De acuerdo con el INAI, no existe impedimento jurídico para conceder la suspensión, pues no se pone en peligro la seguridad o el orden público, las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, ni se afecta gravemente a la sociedad y si no se otorga la medida, se afectarían irreparablemente los derechos fundamentales señalados en la demanda, lo que provocaría daños irreversibles a los titulares de las líneas de telefonía móvil. 

El ministro dio 15 días hábiles al Congreso y el Ejecutivo para que rindan informes.

Por: Diana Martínez 

dhfm