El próximo 5 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá sobre el futuro de la prisión preventiva oficiosa (PPO). El proyecto plantea eliminarla, porque considera que viola derechos humanos. El gobierno federal se opone terminantemente, dice que sería perjudicial para la seguridad pública. Inclusive, Adán Augusto López Hernández, titular de Gobernación, aseguró que eliminar la PPO acabaría con la estrategia de seguridad del país.
En contraposición, para defensores de derechos humanos, ésta permite abusos para que las personas acusadas sean privadas de la libertad por largos periodos sin recibir una sentencia.
¿Qué delitos ameritan prisión preventiva oficiosa? El Artículo 19 Constitucional establece que el juez ordenará la PPO en los casos de abuso sexual de menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga, robo de hidrocarburos, desaparición forzada, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército; así como, delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
Al respecto, desde 2018, la ONU-DH realizó varias observaciones a la PPO: Vicia el derecho a la presunción de inocencia. Vulnera la independencia judicial. Compromete el respeto a la integridad de las personas privadas de la libertad. Viola el principio de la igualdad ante la ley y constituye una práctica discriminatoria.
Es incompatible con las políticas de seguridad ciudadana y constituye una salida falsa en materia de seguridad. Trastoca los principios y el funcionamiento del sistema de justicia penal acusatorio. Su ampliación implica riesgos como abuso de la medida, fomenta la falsa imputación de delitos y viola la progresividad en la protección de los derechos humanos. ¿A quién le creemos, al gobierno mexicano o a la Organización de las Naciones Unidas? ¿Cuál será la decisión de la Suprema Corte? ¿Le hará caso a Andrés Manuel López Obrador o votará en el sentido del proyecto?
Sea cual sea el sentido de la votación, será una de las decisiones más importantes que el Poder Judicial asuma en lo que va de este siglo, por sus implicaciones en la impartición de justicia y el destino de personas encarceladas o de las víctimas que demandan justicia. No quiero que asesinos, violadores, feminicidas, tratantes de personas, narcotraficantes y corruptos, evadan la acción de la justicia.
Tampoco, que cientos, quizá miles, de personas permanezcan años encarcelados sin sentencia. La prisión preventiva o el caos, es una falsa disyuntiva. Entre cárceles llenas de personas sin condena o que algunos delincuentes utilicen la puerta giratoria de la ley, prefiero eliminar la prisión preventiva oficiosa. Eso pienso yo, ¿usted qué opina?
POR ONEL ORTIZ FRAGOSO
ANALISTA POLÍTICO
@ONELORTIZ
MAAZ