Hace unos días la secretaria de seguridad y protección ciudadana, Rosa Icela Rodríguez, instó a los congresos locales a homologar el tipo penal de feminicidio, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, conmemorado el pasado 25 de noviembre. Ese sentido también incluyó a los protocolos de homologación pericial y ministerial, con el propósito de asegurar la debida diligencia y el debido proceso, en tanto que mencionó que desde la actual administración se procura tipificar como feminicidio todas las muertes violentas de mujeres.
En ese sentido, se han presentado algunas iniciativas para homologar ese tipo penal a nivel nacional, entre las cuales se propone incluirlo en la ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, no obstante, es importante señalar que, de acuerdo con colectivos del movimiento feminista, el principal impedimento que se existen para acreditar los feminicidios como tal es una carencia de investigación con perspectiva de género y no el tipo penal.
Sin duda, hay una dolorosa deuda histórica que debe resarcirse, no sólo la forma en la que se tipifica el feminicidio, como se registra y documenta o la forma en la que se investiga sin esa perspectiva de género, sino que siempre se ha indicado que el tipo penal del feminicidio conlleva problemáticas como su conceptualización, que se hizo a partir de la observancia de ciertos casos, de los cuales se enumeraron las condiciones que deben cumplirse de manera específica para que se pueda configurar el tipo de feminicidio y que sucesivamente el valor de los hallazgos y pruebas dentro del caso adquiera mayor relevancia para las fiscalías.
Debido a lo anterior, terminan por caerse más casos cuando se busca el causal de feminicidio en comparación con el homicidio doloso de mujer, se vuelve más difícil de comprobar. Uno de los obstáculos principales que se encuentra, además del tipo penal del feminicidio, está en como las fiscalías realizan su propia interpretación. Los criterios utilizados o más bien omisos, para catalogar casos en donde desafortunadamente no se investigan como feminicidio.
El otro gran conflicto que se le presenta a estas iniciativas que buscan las homologaciones procesales es que la materia penal tiene que verse aprobada en cada congreso local, lo que se convierte en otro factor “revictimizante” para las familias.
En principio es fundamental la creación de protocolos que coadyuven a una profesionalización de las fiscalías mediante la estandarización en la clasificación de los elementos que aseguran justicia y que los días en que las autoridades judiciales culpabilicen a las víctimas con narrativas más bien mediáticas, queden en el pasado.
Es un hecho vergonzoso que tenga que existir un repudio mediático y social generalizado para que las fiscalías, las instituciones encargadas de brindar protección jurídica a la población, sean las primeras en atacar y demeritar a esa misma sociedad que les exige resultados.
POR AZUL ETCHEVERRY
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