COLUMNA INVITADA

El presidente tiene prisa

El Presidente de la República entiende que el reloj político corre de manera distinta; el tiempo se acaba, al Ejecutivo le quedan menos de 3 años para concluir su gestión

OPINIÓN

·
Alfredo Ríos Camarena / Columna Invitada / Opinión: El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

El Presidente de la República entiende que el reloj político corre de manera distinta; el tiempo se acaba, al Ejecutivo le quedan menos de 3 años para concluir su gestión y tiene la obligación ineludible de terminar sus Obras insignia y de fortalecer su formación política para ganar las elecciones en 2024.El Presidente goza de legitimidad y de popularidad; el artículo 89 fracción I de la Constitución General de la República le faculta a ejercer la función reglamentaria, para conducir a buen puerto a la administración pública, bajo el paraguas del Plan Nacional de Desarrollo que ordena el artículo 26 constitucional; sobre estas bases se acaba de publicar un controvertido “Acuerdo”.

Sin embargo, nadie puede estar por encima de la Constitución, ni de las leyes, y estas ordenan formas para ejecutar la obra pública nacidas en el artículo 134 de la Carta Magna y la Máxima Publicidad fundamentada en el artículo 6to., constitucional. La fuerza jurídica de un Acuerdo no puede estar –de ninguna manera— por encima del marco jurídico constitucional ni legal.

Uno de los puntos débiles de su Acuerdo estriba en que pretende justificar la Obra con el rubro de la “Seguridad Nacional”, y esta no es una concepción abstracta y de interpretación subjetiva, sino, constituye un concepto claramente establecido en el artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional que define a ésta como “las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, que conlleven a: la protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país, la preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio, el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno, la unidad de las partes integrantes de la Federación” y otras más. Por lo tanto, la base jurídica del Acuerdo no constituye un argumento legal sólido para sostener la constitucionalidad del concepto aludido.

El problema se va a generar a través de impugnaciones, como controversias constitucionales y amparos, que otorgan a los gobernados los derechos fundamentales que dan equilibrio y sentido a nuestro régimen jurídico.

Por estas y otras razones de carácter jurídico y político, el Acuerdo de marras va a producir más polarización e impugnaciones, que pueden provocar mayores retrasos a la –necesaria— construcción de la obra pública.

Probablemente no hubiese sido necesario este manotazo jurídico sobre la mesa, sino una negociación interna de las autoridades responsables, o incluso hubiese sido más adecuado acudir a las ya establecidas políticas de “simplificación administrativa” que darían mayor eficiencia para la finalidad que expresó el propio Presidente, es decir, para “agilizar los trámites”.

El Presidente tiene prisa y, por lo mismo, debería cuidar con mayor pulcritud la legalidad de sus acciones, pues su obra pública debe ser terminada, ya que ha sido autorizada por los Presupuestos de Egresos de la Federación y por diversas declaraciones del Congreso.

Recordemos la frase de Napoleón “vísteme despacio porque llevo prisa”.

POR ALFREDO RÍOS CAMARENA
CATEDRÁTICO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNAM

PRESIDENTE DEL FRENTE UNIVERSITARIO LATINOAMERICANO (1958-1962)

VICEPRESIDENTE DE LA SOCIEDAD MEXICANA DE GEOGRAFÍA Y ESTADÍSTICA

MAAZ