COLUMNA INVITADA

De feudos y tlatoanis

Así, por ejemplo, no resultará menos sorprendente para muchos lectores saber que la propiedad inmobiliaria en el centro de Londres, en pleno siglo XXI, sigue siendo un coto formalmente perteneciente a la Corona Británica

OPINIÓN

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Juan Luis González Alcántara / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Créditos: Especial

Todos los mexicanos conocemos – o sin duda deberíamos conocer – la épica de la que surge nuestra nación. Desde nuestros primeros años de escuela escuchamos cómo un pequeño grupo de aventureros españoles liderados por Hernán Cortés lograron convencer a Moctezuma Xocoyotzin, tlatoani del Imperio Mexica, que eran dioses que volvían a ocupar su legítimo lugar para guiar a su pueblo. Cuando la farsa finalmente quedó descubierta, Cortés aprovechó las diferencias que otros pueblos tenía con los mexicas para derrocar al gran imperio y establecer un régimen colonial que habría de durar tres siglos.

Sin embargo, hay otra parte de esta historia mucho menos divulgada, y que sin duda resultará sorprendente para muchos lectores. Se trata del destino de la descendencia del tlatoani, en concreto de su hija Tecuichpoch, posteriormente bautizada como Isabel tras su conversión al catolicismo, lo que, junto con su calidad de “legítima heredera” del emperador, la hizo acreedora a una pensión a perpetuidad (tanto para ella como para sus descendientes) consistente en el usufructo de los predios del reino de Tacuba, parte de lo que hoy es el centro histórico de la Ciudad de México.

Este no tan modesto beneficio feudal subsistió no sólo durante la vigencia del régimen virreinal, sino que fue reconocido y respetado por el gobierno del México independiente en 1821 y subsecuentes hasta que, en 1933 por iniciativa del entonces presidente Abelardo Rodríguez, el Congreso de la Unión determinara finalmente cesar el pago de las “pensiones de Moctezuma” que ciertamente resultaban incompatible con los valores republicanos de nuestra nación.

Más allá de los debates técnicos que aún surgen hasta la fecha sobre la legalidad de dicha cesación de pagos – y que, desde un punto de vista jurídico, tendrían más bien pocas posibilidades de éxito – lo que resulta verdaderamente fascinante de casos como este es la capacidad de esta clase de instituciones medievales de subsistir intactas mientras el mundo cambia a su alrededor.

Así, por ejemplo, no resultará menos sorprendente para muchos lectores saber que la propiedad inmobiliaria en el centro de Londres, en pleno siglo XXI, sigue siendo un coto formalmente perteneciente a la Corona Británica.

Un caso aún más difícil de creer, acaso por la firme tradición democrática que asociamos habitualmente con los Estados Unidos, es la existencia, en regiones como Nueva Inglaterra, de ciertos regímenes legales atípicos sobre la tenencia de la tierra que constituyen auténticas rentas feudales que antiguas familias (muchas de ellas de origen holandés) continúan cobrando después de más de cuatro siglos.

Aun si estos casos, precisamente por lo excepcionales y reducidos que son en su proporción, carecen de importancia en términos macroeconómicos, no por ello dejan de resultar fascinantes para quienes tenemos un interés vivo por estas curiosidades históricas, pues sobreviven, casi por accidente, como reliquias de un pasado muchas veces olvidado, y como un recordatorio de nuestros orígenes y nuestra historia.

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA
MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

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