La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó la discusión del proyecto que plantea que tanto juzgadores en materia de amparo como electoral actuaron indebidamente ante la reforma judicial.
Se trata de la petición que hicieron juzgadores a la SCJN para que se pronuncie sobre si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación puede o no analizar, incluso revocar suspensiones otorgadas por jueces y que ordenaban frenar el proceso de elección.
Será hasta el próximo 13 de febrero cuando el máximo tribunal analice las solicitudes de la facultad prevista en el artículo 11 de la Ley Orgánica del PJF planteadas por juzgadores y por el Comité de Evaluación del PJF.
Durante la sesión de este jueves, la ministra Yasmín Esquivel propuso que el debate se aplazara debido a que aún no concluye el plazo para que el TEPJF envíe su informe.
“Yo quiero solicitar al ministro ponente, respetuosamente, y toda vez aplazar este asunto, toda vez que no fenece aun el plazo que se le dio a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para rendir el informe correspondiente a la solicitud de ejercicio contenida en el artículo 11, fracción XVII de la anterior Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en la Acción de Inconstitucionalidad 1/2025, solicitado éste por acuerdo de la ministra presidenta el 23 de enero pasado…
“Por lo que solicito atentamente el aplazamiento del asunto, para conocer el contenido del informe del Tribunal Electoral”, indicó Esquivel.
El proyecto fue elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y señala que la Sala Superior pretendió erigirse como un tribunal jerárquicamente superior a los juzgadores de amparo sin que nada en su estructura constitucional, ni siquiera su carácter de “máxima autoridad jurisdiccional” en materia electoral, le dé esta facultad.
Sin embargo, también indica que el hecho de que la Sala Superior carezca de competencia para invalidar o pronunciarse sobre las suspensiones de amparo no implica que estas hayan sido correctamente concedidas.
“Se ordena a las personas juzgadoras de distrito que hayan emitido suspensiones en contra de la implementación de la Reforma Judicial que revisen de oficio sus autos de suspensión en atención a las consideraciones de esta sentencia.
“…Se exhorta a las autoridades responsables en los juicios de amparo en contra de la Reforma Judicial a cumplir con las determinaciones suspensionales, así como a impugnarlas exclusivamente mediante los causes institucionales diseñados para tal efecto”, señala el proyecto.
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TJM