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Diputados aprueban reconocer la educación virtual y semipresencial

El dictamen, enviado a la Cámara de Senadores para su revisión, fue aprobado por amplio consenso de todas las fuerzas políticas de San Lázaro, con 423 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención

NACIONAL

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La ley considera el aprovechamiento de las plataformas digitales Foto: Cuartoscuro

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reconocer en la Ley General de Educación los principios de educación a distancia, en línea, virtual y semipresencial o híbrida “como opciones educativas”.

La reforma da marco legal a los programas “Aprende en Casa” que implementó la Secretaría de Educación Pública (SEP) ante la presente pandemia del COVID-19, debido a que fueron suspendidas las clases presenciales en escuelas.

“También se consideró importante dejar asentado en la ley que en los casos de suspensión de clases presenciales originadas por algún tipo de emergencia sanitaria o desastre la SEP promueva que los medios de comunicación masiva transmiten los contenidos de los programas de educación a distancia implementados por las autoridades educativas para lograr una mayor cobertura en dichos programas”, señaló presidenta de la Comisión de Educación, Adela Piña, al presentar el dictamen en tribuna.

El dictamen, enviado a la Cámara de Senadores para su revisión, fue aprobado por amplio consenso de todas las fuerzas políticas de San Lázaro, con 423 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

Para las nuevas opciones educativas, la ley considera el aprovechamiento de las plataformas digitales, la televisión y radio educativas, así como las tecnologías de la información, comunicación conocimiento y aprendizaje digital.

Para ello, el Estado deberá “promover el acceso a dispositivos electrónicos para favorecer el proceso educativo en las opciones de educación a distancia, en línea, virtual y semi presencial o híbrida.

También, la autoridad deberá promover que las escuelas públicas del tipo básico y medio superior, cuenten con el servicio de internet para cerrar la brecha digital y las desigualdades en la población, priorizando centros escolares ubicados en comunidades rurales y en zonas de alta y muy alta marginación.

En los artículos transitorios, la reforma establece que, en los casos de suspensión de clases presenciales originada por algún tipo de emergencia sanitaria o desastre, “las autoridades educativas podrán celebrar convenios de colaboración con concesionarios que presten servicios públicos de radiodifusión y con aquellos que presten servicios públicos de telecomunicaciones, de internet de banda ancha y telefonía móvil, con el objeto de lograr una mayor cobertura y mejores horarios en estaciones de radio y televisión, así como para brindar acceso gratuito a los sitios web que se habiliten como parte de los programas que se implementen de las diversas opciones educativas”.

Por: Iván E. Saldaña 

dhfm