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SCJN invalida prisión preventiva de oficio para factureras

La Suprema Corte declaró inconstitucional la prisión preventiva para delitos fiscales como contrabando, defraudación fiscal y facturación de operaciones simuladas

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SCJN invalida prisión preventiva de oficio para factureras (Foto: Pixabay)Créditos: Pixabay

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales como contrabando, defraudación fiscal y facturación de operaciones simuladas, conocidas como factureras.

Este lunes, el Pleno del máximo tribunal analizó las acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y 136/2019, presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores de oposición en contra de disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional y de los códigos Nacional de Procedimientos Penales y Fiscal de la Federación, y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, cuya reforma se publicó el 8 de noviembre de 2019.

La CNDH señaló que los delitos fiscales materialmente no afectan ni posibilitan la alteración de la seguridad nacional, por lo que el legislador artificiosamente los calificó como tales para que fuera procedente la prisión preventiva oficiosa en esos supuestos.

El proyecto del ministro José Fernando Franco González Salas planteó validar las normas. Sin embargo, los ministros determinaron que los legisladores federales se excedieron en sus facultades por ampliar la prisión preventiva oficiosa a delitos que no están contemplados en el artículo 19 de la Constitución.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló que los delitos fiscales previstos en las normas impugnadas, no en todos casos ponen en riesgo a la Hacienda Pública ni la estabilidad o la existencia del Estado mexicano.

Los integrantes del máximo tribunal invalidaron el artículo 5 fracción XII de la Ley de Seguridad Nacional y el artículo 167, párrafo séptimo, fracciones I, II y III del Código Nacional de Procedimientos Penales y falta por analizar las modificaciones a la ley en materia de delincuencia organizada y al Código Fiscal.

SCJN invalida prisión preventiva de oficio para factureras (Foto: Cuartoscuro)

El ministro presidente Arturo Zaldívar destacó que la prisión preventiva oficiosa es una sentencia adelantada. “En este caso tenemos que la prisión preventiva oficiosa desvanece por completo el principio de presunción de inocencia y de libertad que deben tener todas las personas…

“No se puede ampliar simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa”, enfatizó.

La ministra Yasmín Esquivel señaló que es válido que el Congreso de la Unión haya configurado como un problema de seguridad nacional los fenómenos delictivos que lesionan gravemente la recaudación tributaria como el contrabando, defraudación fiscal y facturación de operaciones simuladas, pues constituyen amenazas a la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano.

Esquivel citó algunos datos del Servicio de Administración Tributaria como que, de 2014 a 2019, se habían generado comprobantes fiscales apócrifos con un valor aproximado de 2 billones de pesos de pesos.

“Cuando estas tres conductas se configuran como delitos contra la seguridad nacional y por tanto que ameritan prisión preventiva oficiosa, considero que se respeta la regla de excepcionalidad al principio de presunción de inocencia que la rige, pues sólo resultará aplicable a quienes rebasen los montos señalados y bajo las condiciones demostrativas que se cometieron con plena intención y conciencia de obtener ganancias ilícitas en sumas considerables”, explicó. 

La integrante de la Corte, Margarita Ríos Farjat, también votó a favor del proyecto por considerar que no se trata “solo de delitos fiscales”, pues los que están previstos en las normas analizadas son un peligro para la seguridad nacional por la cantidad de redes inmersas que trascienden las fronteras y las cantidades de dinero que circulan, y que se relacionan con actos de corrupción.

“Los supuestos previstos en este artículo del Código Nacional involucran importantes cantidades de recursos, imposible que se den sin redes y muy importantes, no puedo minimizarlos como simples delitos fiscales que quebranten simplemente el erario”, dijo.

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