DELITOS SEXUALES

Aprueban diputados que penas por delitos sexuales a menores de edad, sean imprescriptibles

Diputados locales eliminaron la prescripción para castigar delitos sexuales cometidos a víctimas menores de edad en la Ciudad de México

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Las penas previstas se aumentarán en una mitad, señalan.Créditos: Especial

De esta manera, las penas serán imprescriptibles para quien realice cópula con persona de cualquier sexo menor de doce años y se le impondrá prisión de doce a veinte años.

Los cambios aprobados por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México, al artículo 181 bis del Código Penal para el Distrito Federal, señalan que se sancionará con la misma pena, al que introduzca en una persona menor de doce años de edad por vía vaginal o anal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, con fines sexuales.

Se impondrá, desde una mitad hasta las dos terceras partes de la sanción prevista, a quien encubra al autor de las conductas señaladas.

Además, si el que encubra es un servidor público, se le impondrá la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del delito.

También se castigará a quien, sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual, en una persona menor de doce años o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo o quien realice actos en los que muestre, exponga o exhiba sus órganos genitales con fines lascivos, tanto en el ámbito público como privado, ejecute en ella un acto sexual o lo obligue a observarlo. En estos casos, se le impondrán de cuatro a nueve años de prisión.

Si se ejerciere violencia física o moral, las penas previstas se aumentarán en una mitad. Las penas anteriores se aumentarán hasta una tercera parte.

Por: JORGE ALMAQUIO