La Cámara de Diputados aprobó crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, a pesar de la controversia que generó por considerar que viola la protección de datos personas y la presunción de inocencia de los usuarios.
El nuevo padrón tendrá funciones similares al extinto Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut) que operó en el gobierno de Felipe Calderón para combatir delitos como secuestro y extorsión, pero fue eliminado en 2012 por irregularidades y no cumplir con su propósito.
La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión fue aprobada este jueves en el Pleno de San Lázaro con 392 votos a favor, 44 en contra y 9 abstenciones, y turnada al Senado. Se instruye que el Padrón Nacional sea instalado, operado y regulado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y recoja todos los datos personales y biométricos de los usuarios de telefonía celular.
Sin embargo, la reforma generó polémica principalmente por el rechazo de bancadas de oposición como Movimiento Ciudadano (MC), cuyos diputados advirtieron que se estarían violando derechos como la protección de los datos personales y la presunción de inocencia del usuario, pues permitirá a las autoridades de seguridad y justicia tener acceso libre a esta información sin orden judicial.
“La razón de la iniciativa es frenar los delitos de extorsión y secuestros que se cometen, desde los centros penitenciarios, a través de teléfonos celulares que ingresan de forma clandestina y tolerada a las prisiones. Sin embargo, no se deben afectar los derechos fundamentales de la población con una medida, como el registro de usuarios, que en el pasado ha demostrado no ser efectiva para el fin que persigue. Una posible solución al problema es impedir que se introduzca cualquier tipo de tecnología de comunicación a las cárceles”, dijo la diputada Martha Tagle.
Especificaciones sobre el padrón
El Padrón contendrá todos los datos de la línea telefónica, fecha y hora de activación cuando fue adquirida por tarjeta SIM, así como los datos del usuario, desde nombre hasta datos biométricos de la persona, aun cuando la línea sea prepago o pospago.
Fue creado para coadyuvar al combate de los delitos que se realizan a través de la telefonía celular, con lo que autoridades de seguridad y de procuración de justicia podrán acceder a este para realizar investigaciones.
Con la reforma también se obligará al usuario a registrar el número de una línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, quien deberá proporcionar identificación oficial, comprobante de domicilio y datos biométricos, entre otros que defina el IFT.
Los concesionarios de telecomunicaciones serán los encargados de validar la información del usuario, y deberán mantener actualizada la información del estatus de la línea respecto a altas, bajas, robos, extravíos, entre otros.
La bancada del PRD también se manifestó en contra por vulnerar los datos personales y derechos humanos de los usuarios, y criticó, además, que no que el dictamen no fuera acompañado de un estudio de impacto presupuestal sobre el costo de la operación del nuevo Padrón Nacional.
Para evitar omisiones y mal manejo de datos por parte de los concesionarios, la reforma incluye un catálogo de sanciones con las infracciones que podría realizarse en la operación material del mismo y para el control y registro de líneas que, en el caso de que estas sean utilizadas de manera contraria a fines ilícitos, permitan la entrega de los datos asentados en la base de datos a las autoridades competentes en la percusión e investigación de los delitos.
El IFT podrá sancionar con multas de hasta 50 unidades de medida y actualización (4 mil 344 pesos al valor para 2020) al concesionario que efectúe de manera extemporánea la inscripción al Registro de un número de línea telefónica, y hasta mil unidades (86 mil 880 pesos) a quien no inscriba algún número.
Con sanciones de hasta cuatro mil unidades de medida (347 mil 520 pesos) a quienes no presenten los avisos que actualicen la información del registro de una línea telefónica; y con hasta 15 mil unidades de medida (1 millón 303 mil 200 pesos) a quien haga uso indebido de la información de los usuarios.
Por: Iván E. Saldaña y Nayeli Cortés