SAT

SAT: ¿Cartas invitación son para obligarme a pagar impuestos en 2021? |Podcast Finanzas Personales

Estamos muy cerca de la Declaración Anual ante el SAT, y este es un tema que sin duda causa mucha confusión entre las personas

ECONOMÍA

·
No te confundas, no pueden obligarte. Foto: EspecialCréditos: Especial

La Declaración Anual del Servicio de Administración Tributaria (SAT) siempre causa confusión, pues hay mucha información que no es clara, por eso en esta edición de Finanzas Personales, explicaremos qué son las cartas invitación que manda el organismo de Hacienda y si tiene alguna validez para obligarte a pagar impuestos o en su defecto ir a prisión. 

Estas cartas generan muchas dudas, entre ellas, ¿a qué te obligan? y ¿por qué te las mandan? Pues nadie quiere tener problemas con Hacienda. Sin embargo no son motivo para asustarse, pues son mecanismo que usa el SAT para incentivar a los contribuyentes a hacer algo de manera voluntaria, como comprobar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o aclarar información que la autoridad observe como atípica. 

Un ejemplo sería solicitar información si hay diferencias entre los ingresos declarados y los depósitos recibidos por los contribuyentes en sus cuentas bancarias o la diferencia entre deducciones y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), así como no haber presentado alguna declaración. 

Entonces, ¿son una sugerencia o una advertencia que no se debe dejar pasar? 

Los contadores y expertos en Finanzas Personales recomiendan no ignorar las cartas del SAT y  consultar los pendientes que se tienen, sin embargo es importante aclarar que no están escritas en términos que amenacen o amedrenten a los contribuyentes. 

De acuerdo a la información oficial publicada por el SAT, estas cartas "son amigables" y no están escritas en términos jurídicos, pues sólo tienen la finalidad de informar posibles irregularidades y motivar el pago de adeudos fiscales, para reducir, en la medida de lo posible, tener que llegar a acciones legales como el requerimiento de pago o embargo de tus bienes".

Hay que tener claro que las cartas invitación no son un requerimiento ni una resolución en tu contra, pues en muchos casos el SAT manda una propuesta de pago o te especifica el monto del adeudo que tienes. 

Estas cartas no implican una afectación, de acuerdo con la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitida en 2019, son documentos que no pueden ser impugnados en un juicio. Si recibes una carta invitación del SAT lo que debes hacer es arreglar la irregularidad que te señala.

Hay dos tipos de cartas de SAT

Responder las cartas te evitará problemas. Foto: Especial

La primera donde te indican que hay una o varias declaraciones que no se han presentado, ya sea la declaración mensual o la anual. Y otra  más donde el SAT mediante un correo electrónico señala las cantidades que se adeudan. 

Toda  la información es de acuerdo con los registros que tiene el SAT y los casos en que sí podría haber un problema fiscal es cuando el SAT ejerce sus facultades de comprobación y emite una resolución; es decir si el SAT decide realizarte una revisión, primero tiene que notificarte que la llevará a cabo. 

Posteriormente, el resultado de esa revisión puede ser el señalamiento con exactitud de una cantidad que le adeudas al SAT, esto último ya es la determinación oficial de un crédito fiscal (deuda), por ende, se trata de una resolución que obligatoriamente tienes que atender.

¿Me pueden multar si no respondo una carta del SAT? 

No, no puedes ser sancionado o multado, debido a que no tienen plazo de cumplimiento, pues sólo señalan omisiones o discrepancias y son optativas, es decir se pueden o no aclarar, pero la recomendación es sí atenderlas. 

Pues lo que se busca es que se respondan los señalamientos requeridos, ya sean personas físicas o morales y el SAT sí puede saber si se hizo caso o no a la carta invitación. 

Escucha nuestro podcast y resuelve tus dudas

dzd