COLUMNA INVITADA

Desafuero, investigaciones y mensajes

Con más de 40 votos a favor se respaldó el dictamen emitido por la Sección Instructora para desestimar la petición de la Fiscalía de Morelos para desaforar a Cuauhtémoc Blanco, un suceso que ha dado de que hablar y nos ha puesto a reflexionar

Desafuero, investigaciones y mensajes
Foto: El Heraldo de México

Con más de 40 votos a favor se respaldó el dictamen emitido por la Sección Instructora para desestimar la petición de la Fiscalía de Morelos para desaforar a Cuauhtémoc Blanco, un suceso que ha dado de que hablar y nos ha puesto a reflexionar sobre cómo ha sido y será la justicia en un contexto de incertidumbre ante diversos factores, principalmente la reforma judicial.

Lo que motivó la petición de la Fiscalía de Morelos fue una denuncia presentada por Nidia Fabiola quien se ha ostentado como hermanastra del exgobernador, relatando el hecho sucedido en la Casa Morelos, el cual fue clasificado jurídicamente como tentativa de violación.

¿Es normal este escenario? Sin duda en un contexto en donde el entonces Fiscal de Morelos, Uriel Carmona, habría transitado por una aparente persecución política ante las deficientes carpetas de investigación en su contra y su fuero constitucional, resulta difícil no pensar que se trata de una vendetta política, pues momentos después de que se presentó esa solicitud, fue destituido en una operación política quirúrgica.

Dicen que lo que no suena lógico suena político, sin embargo, en este caso, el actuar de la Fiscalía se apegó a los procesos legales correspondientes, pues cuando una persona goza de fuero, primero se le debe retirar el mismo para que pueda afrontar el proceso penal.

Para eso, debemos dejar algo muy claro, el hecho de que a un servidor público se le retire el fuero no implica que sea responsable, simplemente que pueda afrontar las consecuencias de una investigación sustentada. El proceso de desafuero está regulado en nuestra constitución en el artículo 111 y es muy general, siendo la encargada de revisar y determinar su procedencia la Sección Instructora que está integrada por 4 miembros de la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados.

Esto es lo que llama la atención y preocupa, ¿cómo una investigación realizada por la Fiscalía es sometida a revisión por legisladores que no necesariamente tienen conocimiento de Derecho Procesal Penal y Derecho Penal? Es decir, ¿cuál es su parámetro para determinar si una investigación está sustentada o no? Y es que esto resulta sumamente delicado, pues pareciera que los legisladores fungen como una especia de jueces de control -sin tener las credenciales- y valoran los registros de la investigación (datos de prueba) para determinar si -bajo su perspectiva- existen o no indicios para retirarle el fuero a un servidor público.

Aquí sí, lo que no suena lógico suena político, pues pareciera más una protección injustificada a un servidor público que una verdadera protección a nuestra constitución y sobre todo, a la víctima, pues en ella se ha ponderado que uno de los objetivos del proceso penal es el esclarecimiento de los hechos, en consecuencia, ¿qué sucederá?

El hecho de que la sección instructora haya declarado improcedente la solicitud de desafuero no significa que no existan elementos o que haya concluido la investigación, en consecuencia, la Fiscalía debería continuar investigando para recabar mayores elementos que acrediten de manera probable la participación del imputado, en este panorama Cuauhtémoc Blanco podría solicitar el acceso a la carpeta de investigación para ejercer su derecho de defensa ante la Fiscalía buscando evitar una audiencia inicial y concluyendo su carpeta con un bondadoso no ejercicio de la acción penal. Recuerden que para acceder a una carpeta de investigación no es necesario que te detengan, basta que te generen un acto de molestia para poder conocer los registros de dicha investigación y participar activamente, lo cual no es ilegal.

La moneda está en el aire y por lo pronto un mensaje ya se envió, existe protección siempre y cuando estes de lado correcto, ahora imagine usted si el Juez o la Jueza elegida por el voto popular tiene inclinaciones políticas hacia el partido en turno, ¿cómo cree que resolverá los casos políticos?

Le recomiendo tramitar su amparo porque tiempos complicados se avecinan y lamentablemente nadie habla de las víctimas.

Por: Adrián Arellano Regino

Abogado penalista, socio en Vega Mac GregorArellano S.C.

 

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