Justicia y derecho

La garantía jurisdiccional de los derechos y la Constitución Mexicana

Enseguida debemos mencionar que recoge dichas inconformidades, su visión desde la perspectiva del constitucionalismo social, reconoce la educación gratuita, las jornadas laborales y el salario mínimo, así también la propiedad comunal

La garantía jurisdiccional de los derechos y la Constitución Mexicana
Fabiola Martínez Ramírez / Justicia y derecho / Opinión El Heraldo de México Foto: El Heraldo de México

Es un buen momento -a propósito del aniversario de la Constitución mexicana- para reflexionar sobre el papel de los Tribunales Constitucionales, creados hace más de un siglo y cuya tarea principal es la defensa de la Constitución, su trabajo se debe a la prevalencia de los contenidos de la norma fundamental y desde luego a su carácter innovador a través de la interpretación que realizan, en la definición de los contenidos de los derechos humanos tan necesario frente al desarrollo de las propias sociedades.

Conviene recordar, para este propósito, que nuestra norma fundamental reconoce los ideales plasmados por el constituyente de 1917, que le antecede la revolución y un contexto social desfavorable para obreros, campesinos, las brechas de desigualdad y la pobreza. Este documento constitucional definió los principios y reglas que consolidaron al Estado mexicano y que son producto de la lucha por frenar el ímpetu del poder y la necesidad de reconocer y, sobre todo, garantizar los derechos fundamentales, como un límite infranqueable del ejercicio de su poder.

Enseguida debemos mencionar que recoge dichas inconformidades, su visión desde la perspectiva del constitucionalismo social, reconoce la educación gratuita, las jornadas laborales y el salario mínimo, así también la propiedad comunal. Desde una perspectiva analítica, muy probablemente, la discusión actual podría centrarse no solo en su definición, sino en su justiciabilidad, sobre todo desde la perspectiva global en donde los derechos ambientales, el cambio climático, la inteligencia artificial, nos urgen a pronunciamientos fácticos y normativos, que no excluyen a las judicaturas especializadas.

No debe soslayarse para este fin, la lucha de los campesinos y obreros en siglo XIX, por el reconocimiento a la igualdad, la definición de la propiedad originaria de la tierra y la creación de los ejidos, sin perder de vista el contexto de esa lucha social. Así, en un ejercicio -más actual- los tribunales constitucionales como judicaturas especializadas, enfáticamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se deben a dicho propósito y representan la garantía judicial en la resolución de controversias en última instancia, pero sobre todo la salvaguarda de los derechos. Sus desafíos son importantes, especialmente desde el constitucionalismo social.

Se advierte desde una visión estructural avances prolijos, derechos ganados desde sus interpretaciones, reducción de brechas de desigualdad y cumplimiento de obligaciones internacionales desde una vocación transformadora. Las sentencias del Tribunal Electoral han consolidado acciones afirmativas para la igualdad en derechos y la participación paritaria o bien, el ejercicio del voto de las personas privadas de la libertad, la inclusión de personas con discapacidad y de personas indígenas. En el caso de la Suprema Corte, sus desarrollos comprometidos con la Carta Magna consolidaron al desarrollo libre de la personalidad, el matrimonio entre personas del mismo sexo y el derecho a interrumpir el embarazo para personas con capacidad de gestar.

Sendos desafíos se avecinan para estas judicaturas, en épocas globales y regionales con riesgos para los derechos, por ello su legitimidad, su participación y pronunciamientos garantizan el binomio democracia y derechos.

POR FABIOLA MARTÍNEZ RAMÍREZ

DIRECTORA REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO, REGIÓN CDMX, TECNOLÓGICO DE MONTERREY

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