La obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo decía Platón y hoy a tantos años de esa frase, hace sentido en los tiempos que estamos viviendo.
No es novedoso advertir el impacto que tiene el cuarto poder en el proceso penal, en ocasiones positivo y en otras negativo, sin embargo, tenemos un nuevo factor que debemos tomar en cuenta, la elección popular. Los pesos y contrapesos de los cuales reflexionaban John Locke y Charles Louis hacían patente hasta antes de la reforma judicial la posibilidad de respetar los derechos humanos y la legalidad en la actuación de las autoridades al existir -por lo menos- una certeza de que las personas juzgadoras se encontraban preparadas para ejercer su obligación, preparación precedida por una carrera judicial, sin embargo, dichos contrapesos se vislumbran nulos una vez implementada la reforma, pues existe una gran tendencia de que la justicia este condicionada al ánimo social.
¿A qué me refiero con lo anterior? Cada asunto que se vuelve viral toma relevancia para las fiscalías y los juzgados adoptando posturas -en ambas instituciones- ligadas con lo que se dice socialmente. Hace unos días se hizo la reflexión con el asunto de la sentencia del influencer “Fofo” Márquez en contraste con el caso de Marianne Gonzaga en cuanto a su clasificación jurídica, al primero lo sentenciaron por tentativa de feminicidio ante la ola de reclamos que por los medios de comunicación se hicieron patentes y a la segunda la vincularon a proceso por lesiones calificadas ¿por qué razón?, este último caso se hizo viral por las razones de la agresión no tanto por la acción misma, es decir, la gente se enfocó en la razón por la cual la imputada acudió al domicilio de la víctima para apuñalarla, su historial amoroso, sus problemas de salud, entre otras cuestiones, dejando a un lado el linchamiento social a diferencia del primer asunto, ¿qué hubiese pasado si en el mismo hecho el imputado fuese hombre? ¿la clasificación jurídica hubiese sido la misma? Considero que no, toda vez que la sociedad no lo hubiese permitido desde un principio.
¿Eso es justicia? No, ni en el primer caso ni en el segundo. Bien dicen que en el derecho impera el “depende” y eso se acopla con la intención social, pues en caso de ser sentenciado por la sociedad, la consecuencia procesal será inmediata, dándole al pueblo lo que exige, sin embargo, recordemos que el derecho es impopular, pues la justicia no es agradar a las mayorías, simplemente es, de ahí la preocupación con la elección popular, pues el día de mañana el sentir social dirigirá a nuestra justicia.
¿Qué hubiese pasado si en el caso del Uber y la persona de nombre Leydi González no existieran los videos? El señor estaría privado de su libertad por un hecho que no aconteció, simplemente porque en medios de comunicación ya se le habría condenado. De ahí que debemos ser muy cuidadosos con lo que replicamos en redes sociales, pues una publicación es una sentencia en potencia.
Por: Adrián Arellano Regino
Abogado penalista, socio en Vega Mac Gregor Arellano S.C.
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