Columna Invitada

Aquellos que no pueden recordar el pasado, están condenados a repetirlo

El constitucionalismo social apareció en la carta de Querétaro de 1917 y en la constitución alemana de Weimar de 1919; ésta tuvo una mayor influencia en Europa, mientras que la mexicana fue más ampliamente difundida en nuestro hemisferio

Aquellos que no pueden recordar el pasado, están condenados a repetirlo
Germán Vega / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Foto: El Heraldo de México

Las normas constitucionales en el mundo han seguido cuatro grandes tendencias: la liberal, la social, la democrática y la cultural. En contraposición al “constitucionalismo” se han producido dos fenómenos: la “desconstitucionalzación”, representada por las variantes del “totalitarismo”, y “la ruptura de la vida institucional”.

Así, al inició del siglo XX predominó el constitucionalismo liberal fraguado a todo lo largo del siglo precedente. Las constituciones se estructuraban a partir de los derechos de libertad, propiedad, seguridad jurídica e igualdad. Algunos de sus corolarios eran los derechos de asociación, petición, sufragio y libertad de conciencia.

El constitucionalismo social apareció en la carta de Querétaro de 1917 y en la constitución alemana de Weimar de 1919; ésta tuvo una mayor influencia en Europa, mientras que la mexicana fue más ampliamente difundida en nuestro hemisferio.

El constitucionalismo democrático, por su parte, fue objeto de importantes previsiones en seguida de la segunda posguerra y se caracterizó, entre otros aspectos,  en  el reconocimiento de los partidos políticos; en la garantía de procesos electorales libres e imparciales; en la descentralización del poder, entre otros.

El constitucionalismo de la última década del siglo XX puso su énfasis en los derechos culturales. Entre los más relevantes están los derechos humanos, pero la gama es muy amplia. Comprende el derecho a la protección del ambiente, al desarrollo, al ocio y el deporte, a la intimidad, a la no discriminación, a la migración, a la información, a la objeción de conciencia, a la seguridad en el consumo y a la diversidad lingüística, cultural y étnica, entre otros aspectos.

En cuanto al proceso de “desconstitucionalización” a nivel global, el “totalitarismo” tuvo varias expresiones: comunista en la Unión Soviética, en China y en los numerosos países que fueron incorporándose en esa órbita política; nacionalsocialista en Alemania; fascista en Italia; falangista en España y corporativa en Portugal.

El “totalitarismo” se caracterizó por la supresión de libertades individuales y públicas, incluyendo la proscripción de partidos, de órganos deliberativos y de libertades de tránsito, reunión y expresión.

En Italia subsistió la vigencia formal del Estatuto Albertino de 1848, pero diversas leyes consolidaron el poder de Mussolini. En 1925, Mussolini fue investido de facultades delegadas para legislar y su principal disposición fue integrar, en 1926, el Tribunal especial para la Defensa del Estado, que varios autores han considerado “la verdadera ley fundamental del régimen”.

Hace unas semanas se realizó una entrevista a un destacado académico publicada en las redes sociales bajo el rubro “¿Morena realmente es de izquierda o tiene tintes neofascistas?” en la que se afirma que el régimen político actual en México se orienta hacia esa corriente ideológica. Al respecto, vale la pena recordar que en el año 1905 se acuñó por el filósofo George Santoyana, de origen madrileño y profesor durante dos décadas en la Universidad de Harvard, la frase que dice: “aquellos que no pueden recordar el pasado, están condenados a repetirlo”, la cual nos deja claro que desconocer nuestro pasado nos obligará a repetir el camino andado.

POR GERMÁN VEGA ORDÓÑEZ
PRESIDENTE DEL CAPÍTULO TLAXCALA DE LA BMA

PAL

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