COLUMNA INVITADA

Reforma Eléctrica y derecho al acceso a la electricidad

Debe privilegiarse que el acceso a la electricidad se presente en condiciones de suficiencia, continuidad y seguridad

OPINIÓN

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Emilio Suárez Licona / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Durante las últimas semanas, la discusión pública ha estado centrada en el desarrollo de los foros de parlamento abierto para el análisis de la Reforma Eléctrica. 

Diversos especialistas y actores relevantes han contrastado puntos de vista en torno al replanteamiento de las bases constitucionales que enmarcan a la industria eléctrica nacional, específicamente en los alcances y modalidades de la inversión privada en este sector y el papel de la CFE. 

Vale la pena realizar un ejercicio de reflexión respecto a uno de los grandes irreductibles que habrían de establecerse, para definir los umbrales de conveniencia y pertinencia de la reforma, el cual ha sido analizado apenas de manera tangencial durante los foros. 

Dicho aspecto estriba en el derecho al acceso a la energía eléctrica y su consideración específica como derecho humano. 

Si bien es cierto que en el ámbito internacional el acceso a la electricidad no está reconocido explícitamente como un derecho humano fundamental, durante los últimos años la discusión sobre éste ha derivado en su reconocimiento como una base fundamental del Estado, al erigirse como una condición necesaria para el progreso social, económico y cultural de cualquier nación. 

Lo anterior, habida cuenta de que alrededor del mundo el acceso a la electricidad es un factor que se toma en cuenta para la medición de la pobreza, al ser un presupuesto para cuantificar los servicios básicos de la vivienda. 

Por lo tanto, se considera que si una persona no cuenta con acceso a la electricidad, es más probable que no tenga garantizadas sus necesidades básicas, ya que la energía eléctrica puede ser la diferencia entre tener todos los servicios básicos del hogar o, al contrario, carecer de una vivienda digna. 

En el plano nacional, las sentencias del Poder Judicial de la Federación aún no han establecido que la electricidad per se configure un derecho humano, más bien, han establecido que el acceso a la energía eléctrica debe reconocerse como tal garantía por ser un presupuesto indispensable, al constituir una condición necesaria para el goce de múltiples derechos fundamentales. 

En ese sentido, la discusión de la Reforma Eléctrica se presenta como una oportunidad idónea para analizar y determinar los tramos y mecanismos, a partir de los cuales nuestro marco constitucional y legal habría de reconocer y proteger dicho derecho, a fin de coadyuvar en la mitigación de la pobreza, al procurar la seguridad energética de la población, salvaguardando el derecho a una vivienda digna y demás derechos fundamentales conexos. 

En tales circunstancias, habremos de estar atentos a que los foros deriven en el análisis integral de este aspecto como un irreductible fundamental de la reforma, en el entendido de que el acceso a la energía eléctrica resulta indispensable, para garantizar el goce de múltiples derechos humanos, y por tanto debe privilegiarse que el acceso a la electricidad se presente en condiciones de suficiencia, continuidad, seguridad y asequibilidad, a efecto de salvaguardar un entorno de dignidad humana en beneficio de los hogares de todo el país.

POR  EMILIO SUÁREZ LICONA 
CONSULTOR Y PROFESOR EN LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA 
@EMILIOSL 

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