LA FORMA ES EL FONDO

¿Discriminación en la Ley de Migración?

México fue el segundo país con el mayor índice de personas migrantes residentes en el extranjero con 11.8 millones de personas por debajo de la India

OPINIÓN

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Alejandra Cerecedo Constantino / La Forma es Fondo / Opinión El Heraldo de México.Alejandra Cerecedo Constantino / La Forma es Fondo / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

“La justicia es luminosa y su luminiscencia crece en la medida en que se nutre de los distintos talentos, habilidades y buenas intenciones de quienes la procuran y construyen.” Ministra Margarita Ríos Farjat.

De acuerdo con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en 2019 México fue el segundo país con el mayor índice de personas migrantes residentes en el extranjero (11.8 millones), solo por debajo de la India (17.5 millones). Una cantidad sorprendente tomando en cuenta que México cuenta con una población de 128 millones de habitantes, a diferencia de los 1,380 millones de India. 

Ante los controles migratorios de Estados Unidos, nuestro país más allá de ser un país de origen y tránsito, se ha convertido también en un país destino para muchos inmigrantes, latinoamericanos en su mayoría, quienes anhelan un mejor futuro en busca del sueño americano. 

El artículo 11 constitucional reconoce el derecho a la libertad de tránsito y residencia para que todas las personas puedan entrar, salir y viajar por nuestro país; sin embargo, en 2021 las autoridades mexicanas detuvieron a más de 228 mil personas, conforme a datos de la Unidad de Política Migratoria de la Segob, 64% más que en 2020, luego de reuniones con la Vicepresidenta Kamala Harris. 

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Aunado a esto, se han presentado casos de discriminación contra nuestros indígenas. Este 12 de enero se espera la resolución de un asunto en donde cuatro personas de la comunidad chiapaneca de Ocosingo que se dirigían a Sonora para trabajar como jornaleras, fueron detenidas por agentes migratorios al considerarlas guatemaltecas por sus características físicas, señalando que sus documentos eran falsos. 

Tras su salida al haber acreditado su nacionalidad, luego de 10 días de detención, solicitaron un amparo argumentando la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley de Migración por considerarlos violatorios a sus derechos humanos. 

El proyecto de la Primera Sala que preside la Ministra Margarita Ríos Farjat propone que se ampare y proteja a las personas migrantes indígenas en contra de los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración, relativos a las revisiones en el territorio nacional. 

En “Los errantes”, Olga Tokarczuk se cuestiona si basta con que una persona sea diferente, por fuera o por dentro o de cualquier otra manera, para que no le sean aplicables las leyes y costumbres socialmente aceptadas por todo el mundo.

Cada vez vemos más avances en temas de inclusión y no discriminación (Netflix nos lo deja claro todos los días). La autoadscripción alude a la capacidad de cualquier persona de considerarse parte de un grupo y actualmente las características físicas se dejan de lado para dar paso al reconocimiento por parte de las comunidades. Veremos qué determina la Corte en esta ocasión.  

POR  ALEJANDRA CERECEDO CONSTANTINO
ASESORA  EN EL SENADO DE LA REPÚBLICA

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