La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma de 2017 que eliminó la obligación de que los concesionarios de radio y televisión distingan entre la información noticiosa de la de opinión.
Sin analizar de fondo el asunto, y sin fijar un plazo para que el Congreso legisle al respecto, el máximo tribunal resolvió las acciones de inconstitucionalidad que se promovieron contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada por decreto el 31 de octubre de 2017.
Por unanimidad, los ministros consideraron que se cometieron violaciones graves durante el procedimiento legislativo porque no se respetó el derecho de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria a participar en la discusión.
La resolución de la Corte generó diversas interpretaciones sobre lo que implica el fallo y si la legislación de 2014 —que establecía la obligación de la distinción de información— seguiría vigente, además que algunos especialistas consideraron que el Congreso puede o no legislar en la materia.
El presidente del Consejo Directivo de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), José Antonio García, aseguró que con la decisión del máximo tribunal se frena judicialmente el intento de obligar a los concesionarios a distinguir entre opinión e información, así como sobrerregular a la radio y televisión mexicana.
César Olmedo, abogado de la Asociación Mexicana de las Defensorías de las Audiencias, destacó que el ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, precisó que los efectos de la resolución son “simplemente derogatorios del decreto”, por lo que no se le indica al Congreso cómo legislar, aunque se debe esperar a que se publique la sentencia.
“No es que el Congreso deba legislar otra vez, si lo quiere hacer lo va a hacer, pero el único efecto es ‘regresamos todo a como estaba antes de la violación’… la ley vigente es la de 2014”, explicó.
En tanto, Gerardo Soria, presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones, señaló en entrevista en Heraldo TV que el fallo de la Corte en realidad revive la facultad del Estado para imponer comisarios de la verdad en radio y televisión, además de que la obligación de diferenciar contenidos viola el derecho a la libertad de expresión.
Gabriel Sosa Plata, defensor de las Audiencias de Canal 22 , aseguró que ganan las audiencias con este fallo. “Es un reconocimiento muy importante de que los medios de comunicación tienen que actuar con ética”, aseveró Sosa.
CAR