FEMINICIDIOS

Hasta 21 años de prisión a quien agreda a mujeres con ácido

El Senado avanzó en una modificación al Código Penal Federal para tipificar el delito de ataque con ácido y otras sustancias corrosivas

NACIONAL

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El Senado propone una pena de hasta 21 años de prisión para los agresores FOTO: Archivo Créditos: Cuartoscuro

El Senado avanzó en una modificación al Código Penal Federal para tipificar el delito de ataque con ácido y otras sustancias corrosivas, en el que se establece una pena de hasta 21 años de prisión contra parejas sentimentales, familiares o quienes hayan tenido una relación laboral y que ataquen con ácido a mujeres. 

La Comisión de Justicia del Senado avaló el dictamen que pasa al pleno para su votación, en el que se establece en el Código Penal Federal de 7 a 13 años de prisión y una multa de hasta 68 mil pesos a quienes causen lesiones utilizando agentes nocivos, ácidos y otras sustancias similares provocando en una mujer daños irreparables, la deformación de la piel, la amputación de un miembro y otros daños severos. 

La sanción aumenta hasta dos terceras partes, es decir de 12 a 21 años de prisión cuando el agresor sea un familiar, una pareja sentimental o tenga una relación laboral con la víctimas. 

La reforma fue dedicada a la saxofonista María Elena Ríos 
FOTO: Archivo 

El Senado dedicó la reforma a la saxofonista María Elena Ríos, quien sufrió graves quemaduras debido a que fue rociada con ácido sulfurico por su ex pareja sentimental en Oaxaca. En el país, recientemente se presentaron los casos de Esmeralda Millán, Nirvana Hermosillo, Carmen Sánchez y Ana Helena Saldaña, mujeres que, después de haber sido atacadas con ácido u otros agentes químicos, han padecido severas consecuencias físicas y emocionales.  

La reforma también obliga al ministerio público a que los ataques con ácido a mujeres deban tratarse con perspectiva de género y a obligar a la reparación del daño en beneficio de la víctima, ya que es uno de los delitos más graves. Las sanciones se impondrán a quien por si o por interpósita persona cause lesiones con cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica, inflamable, alcalinos ácidos o sustancias similares o cualquier otro tipo de agente para reaccionar provocando en una mujer daño, enfermedad incurable, la inutilización completa o la pérdida de una extremidad o que genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel.

Por Misael Zavala 

 

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