SUBCONTRATACIÓN

Pasa al Senado la reforma de subcontratación laboral de AMLO

La reforma prohíbe la subcontratación en los sectores privado y público, y sólo la permite en casos de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas

NACIONAL

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La reforma endurece las sanciones a quien subcontrate personal y que no cuente con el registro correspondiente. Foto: ArchivoCréditos: Foto: Archivo

La Cámara de Diputados envió al Senado de la República la propuesta de reforma sobre subcontratación laboral del presidente Andrés Manuel López Obrador, luego de aprobarla en lo general y en lo particular durante las primeras horas del miércoles.

El documento, que pasa como minuta, modifica siete leyes: la Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado,  Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional, y de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII Bis del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política, así como del Código Fiscal de la Federación.

En lo particular, se avaló con 284 votos a favor, 108 en contra y 17 abstenciones. No se aceptaron ninguna de las modificaciones al dictamen de las comisiones unidas propuestas por diputadas de Morena, PAN, PRI, PT, MC y PRD.

La reforma prohíbe la subcontratación de personal en los sectores privado y público, y sólo la permite en casos de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.

Sin embargo, aclara que la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá formalizarse mediante contrato por escrito; y las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

También endurece las sanciones para el patrón que no permita la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo, con una multa de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a 448 mil 100 pesos. 

A quien realice la subcontratación de personal, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación sin contar con el registro correspondiente, se le impondrá multa de dos mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, que significan 4 millones 481 mil pesos.

Por Iván E. Saldaña 

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