ELECCIONES MÉXICO 2021

TEPJF le da la razón al INE para frenar sobrerepresentación en San Lázaro

El proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera será votado en los próximos días

NACIONAL

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Sesión en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.Foto: Cuartoscuro

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reveló un proyecto que le da la razón al Instituto Nacional Electoral (INE) para frenar la sobrerepresentación en el Congreso, específicamente en estas elecciones en la Cámara de Diputados. 

El proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, que será votado en próximos días, busca desechar la denuncia de Morena y el PES para darle la razón al INE sobre que "no puede considerarse que es permisible constitucional y legalmente que,  mediante la aplicación del régimen de coaliciones se propicie una dinámica electiva, que limite el desarrollo de la  representación política, hasta el  grado de afectar la calidad democrática e integridad del actual  sistema de partidos en México". 

Según el magistrado, el acuerdo del INE tiene como finalidad que la  autoridad responsable esté en posibilidad de ajustar la asignación de curules o escaños por el principio de representación proporcional a los  parámetros constitucionales, para evitar la sobre o subrepresentación de los órganos legislativos.   

Para ello se fijaron una serie de criterios, puesto que el INE verificará  la afiliación efectiva de cada una de  las candidatas y los candidatos triunfadores por el  principio de mayoría relativa.  

Afiliación afectiva al momento del registro de candidatura 

Es decir, se considerará “afiliación  efectiva”, aquélla que esté vigente  al  momento  del  registro  de  la  candidatura

"Se deberá  verificar  si  las  candidaturas  ganadoras  son  militantes  del partido  por  el  que  fueron  postuladas.  En  caso  de  que  la  persona candidata  esté  afiliada  a  un  partido  integrante  de  la  coalición  distinto al  que  la  postuló,  para  efectos  de  la  asignación  de  diputaciones  representación proporcional, estas  candidaturas  se  contabilizarán  a  favor del  partido  respecto  del cual mantengan  una  “afiliación  efectiva”, precisa el documento. 

En  caso  de  que  la  candidatura  triunfadora  no  tenga  una  afiliación efectiva  a  alguno  de  los  partidos  que  la  postularon,  el  triunfo  será contabilizado  en  los  términos  de  lo  expresado  por  el  convenio  de coalición  aprobado,  procurando  que,  en  la  asignación  de diputaciones  de  representación proporcional,  se  refleje  el  mayor  equilibrio  posible  entre  el porcentaje  de  votos  y el  porcentaje  de  escaños  de  todas  las  fuerzas políticas  que  hayan  obtenido  al  menos  el 3%  de  la  votación.

Por Misael Zavala

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