ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

¿Habrá ley seca por el Gran Premio de México de la Fórmula 1?

La alcaldía Venustiano Carranza anunció algunas de las medidas que se tomarán para la comercialización de alcohol por el evento automovilístico

NACIONAL

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La sexta edición del Gran Premio de México de la Fórmula 1 se llevará a cabo del 5 al 7 de noviembre. Foto: @autodromohrCréditos: Foto: @autodromohr

La venta de alcohol en colonias cercanas al Autódromo Hermanos Rodríguez, donde se correrá el Gran Premio de México de la Fórmula 1, será suspendida.

En la Gaceta Oficial, en la edición bis de ayer, la alcaldía Venustiano Carranza publicó un acuerdo por el que se establece la suspensión de actividades relacionadas con la venta y distribución gratuita de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, en los establecimientos mercantiles, así como en los puestos semifijos colocados en vía pública, ubicados dentro del perímetro de las colonias Puebla e Ignacio Zaragoza I y II, durante los di´as indicados, con motivo del evento de Fórmula 1.

"Se ordena la suspensión de actividades para vender o distribuir gratuitamente bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 durante los días 05, 06 y 07 del mes de noviembre de 2021, en los establecimientos mercantiles, ubicados dentro del perímetro que comprenden las colonias Puebla e Ignacio Zaragoza I y II ubicadas en la demarcación territorial Venustiano Carranza, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales.

"Y en cualquier otro establecimiento mercantil similar o que tengan operaciones relacionadas con la venta de alcohol, en vaso, copa o recipiente de cualquier tipo, en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las festividades y tradiciones populares en la vía pública", sostiene la publicación. 

La alcaldía explicó que se exceptúa de la prohibición, única y exclusivamente para su venta y consumo en copeo o en bebida embotellada al interior de los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal, siendo restaurantes y cualquier otro similar con venta de bebidas alcohólicas que cuenten con debida autorización, actualizada o revalidada en términos de la legislación correspondiente.

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