Código de ética

Código de ética del Heraldo Media Group

El objeto de un medio de comunicación surge de estos derechos y, su función principal, es mantener estas libertades expresadas en sus publicaciones, informando objetiva, oportuna y verazmente

Código de ética del Heraldo Media Group

INTRODUCCIÓN

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las libertades de información y expresión son derechos fundamentales que desempeñan una función elemental en la democracia del país y representan un elemento esencial para la formación y consolidación de la opinión pública.

El objeto de un medio de comunicación surge de estos derechos y, su función principal, es mantener estas libertades expresadas en sus publicaciones, informando objetiva, oportuna y verazmente.

Debiendo precisar que la libertad de expresar, recolectar, difundir y publicar información e ideas, es imprescindible no sólo como instancia esencial de auto-expresión y auto-creación, sino también como premisa para ejercer plenamente otros derechos fundamentales y como elemento funcional que determina la calidad de la vida democrática en un país.

El Heraldo de México, sabedor de la responsabilidad social que conlleva comunicar los acontecimientos diarios de la vida nacional e internacional, se compromete a denunciar ante la opinión pública cualquier hecho que viole o intente violar los derechos y garantías de las y los habitantes de nuestro país, facilitando el pronunciamiento u opinión de cualquier persona.

El compromiso que conlleva la tarea de comunicar, nos obliga a definir de manera clara los criterios sobre los cuales cumpliremos nuestra labor éticamente, mismos que deben ser acordes a una conciencia moral identificada con los intereses comunes de la sociedad.

En atención a las consideraciones anteriores, El Heraldo de México, emite el siguiente Código de Ética como norma de conducta de las y los directores/as, editores/as, reporteros/as, columnistas y empleados/as de esta empresa.

IDENTIDAD Y MISIÓN DE EL HERALDO DE MÉXICO

MISIÓN

Informar sobre el acontecer del mundo todos los días de manera veraz, objetiva y oportuna, bajo los principios de excelencia, trabajo en equipo y liderazgo.

VISIÓN

De la mano de nuestros colaboradores, generar información vanguardista con creatividad que nos permita colocarnos como líderes de opinión en la labor informativa.

PRINCIPIOS

Honestidad

Integridad

Honradez

Compromiso con la verdad

Valores éticos

Creatividad e innovación

Promoción y defensa de los derechos humanos

Responsabilidad social

Información de calidad

VALORES

Excelencia: cumplir nuestra labor con los más altos estándares de calidad, sobresaliendo al agregar valor adicional a lo que se espera de nosotros, con el objeto de alcanzar nuestra máxima capacidad a través de los principios de calidad e integridad.

Trabajo en Equipo: Fomentamos un diálogo abierto entre todos los empleados y colaboradores de El Heraldo de México, bajo el entendido que dicho proceso fomenta el compañerismo, la equidad y entusiasmo; produciendo satisfacción en el trabajo diario, reforzando la solidaridad del grupo como unidad organizada y facilita la toma de decisiones mediante la colaboración basada en la confianza.

Liderazgo: lograr motivar a las distintas voluntades del heraldo de México, para marcar la pauta informativa en México, innovando y mejorando continuamente.

DEFINICIONES

Para los efectos del presente código de ética, se entenderá por:

EL HERALDO DE MÉXICO.- todo su personal, corresponsales, periodistas, editores, columnistas, investigadores y colaboradores del medio impreso y digital.

DERECHOS HUMANOS.- son el conjunto de valores sustentados en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de valores se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, en los tratados internacionales en los que México es parte y en diversas leyes.

El respeto hacia los derechos humanos de cada persona es un deber de todos. Todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consagrados en favor de la persona.

DERECHO DE RÉPLICA.- el derecho de toda persona a que sean publicadas o difundidas las aclaraciones que resulten pertinentes, respecto de datos o informaciones transmitidas o publicadas por los sujetos obligados, relacionados con hechos que le aludan, que sean inexactos o falsos, cuya divulgación le cause un agravio ya sea político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen. Lo anterior con los procedimientos establecidos en la ley reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho de réplica.

CÓDIGO DE ÉTICA DE EL HERALDO DE MÉXICO

CAPITULO I

COMPROMISO CON LA VERDAD

ARTÍCULO 1.- El Heraldo de México tiene el deber incondicional de informar la verdad, proporcionando a la sociedad información veraz, debiendo evitar en la expresión de opiniones alterar o deformar la veracidad del contenido noticioso, teniendo como objetivo realizar estas reflexiones desde planteamientos éticos y honestos.

ARTÍCULO 2.- El Heraldo de México deberá comprobar la veracidad de la información recurriendo a fuentes fidedignas, con el objeto de evitar el plagio o la falsedad de información; por lo cual, se deberá citar en todo momento las fuentes de información utilizadas para la elaboración de sus documentos.

El Heraldo de México se compromete a que las publicaciones de sus materiales informativos sean de su autoría y en cuya elaboración se haya participado. Todas las publicaciones o programas audiovisuales generados deberán tener participación efectiva.

ARTÍCULO 3.- El Heraldo de México se compromete al reconocimiento inmediato en la comisión de errores en la redacción, en la información u ortografía. Toda la información que sea publicada y que resulte ser falsa o inexacta, deberá ser rectificada inmediatamente.

El Heraldo de México se compromete a respetar conforme a la legislación aplicable el derecho de réplica.

ARTÍCULO 4.- El Heraldo de México respetará en todo momento la producción, edición, autoría intelectual y material de los documentos que sus editores/as, reportero/as, columnistas e investigadores/as, elaboren, cuyo sentido no podrá ser cambiado sin su consentimiento.

CAPÍTULO II

PROMOCIÓN, RESPETO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS DE PERSONAS E INSTITUCIONES

ARTÍCULO 5.- El Heraldo de México, dentro del cumplimiento de su labor informativa, denunciará la violación de los Derechos Humanos, y promoverá los valores universales de paz, solidaridad e igualdad.

ARTÍCULO 6.- El Heraldo de México tendrá como objetivo identificar los derechos de personas o comunidades exigiendo su respeto. En los casos en que estos derechos sean amenazados o vulnerados, denunciará dentro del cumplimiento de su labor informativa, los abusos de los cuales se tenga conocimiento, en especial, los de los grupos de mayor vulnerabilidad y/o marginación.

ARTÍCULO 7.- El Heraldo de México velará en todo momento por la defensa y exigirá el respeto de las diferentes creencias políticas, ideológicas y religiosas, debiendo denunciar las violaciones que pudieran presentarse respecto a estos temas.

CAPÍTULO III

EJERCICIO RESPONSABLE DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

ARTÍCULO 8.- El Heraldo de México exigirá y defenderá en todo momento el pleno ejercicio del derecho a la libertad de expresión, entendida como el derecho fundamental de todas las  personas a manifestar libremente sus ideas y opiniones, así como investigar y recibir información, y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio.

El Heraldo de México exigirá del poder público , la garantía de ejercer libre, pleno y sin limitación este derecho fundamental, para sí, o para cualquier otro medio de comunicación, particulares, grupos sociales y a todas las personas que tengan derecho a reclamarlo.

ARTÍCULO 9.- El Heraldo de México defenderá o promoverá el libre acceso a las fuentes de información, fomentando la cultura de la transparencia para informar a la sociedad de manera objetiva, veraz y oportuna.

ARTÍCULO 10.- El Heraldo de México se compromete a respetar y defender el marco jurídico en materia de protección de datos personales. Teniendo como principio fundamental, el respeto al derecho a la privacidad y derechos fundamentales de las personas físicas frente al riesgo que representa la recopilación y uso indiscriminado de sus datos personales.

ARTÍCULO 11.- El Heraldo de México, dentro de sus labores periodísticas, guardará estricto secreto sobre las fuentes de información que utilicen en el ejercicio de su profesión, en los casos en que la fuente y el tema así lo ameriten. El anonimato de las fuentes de información siempre será utilizado bajo los principios de honradez y ética periodística.

Para el caso en que no sea posible revelar la identidad de la fuente, por implicar un riesgo para la integridad de él o los informantes, se deberán explicar las razones por las cuales la fuente desea permanecer anónima. La explicación anterior, servirá para transparentar el papel de intermediario que tiene el periodista.

CAPÍTULO IV.

INTEGRIDAD PERSONAL, PROFESIONAL E INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 12.- El Heraldo de México, respetando los principios de integridad y honradez durante el ejercicio de sus funciones informativas, bajo ninguna circunstancia utilizará dichas funciones para la obtención de ningún tipo de beneficio económico, material, político o de cualquier índole.

El Heraldo de México evitará involucrarse en conflictos de interés consecuencia de relaciones profesionales o personales, así como del desarrollo de actividades económicas propias que comprometan la autonomía de su criterio.

ARTÍCULO 13.- El Heraldo de México rechazará en todo momento cualquier acto por medio del cual se pretenda ejercer presión alguna por parte de cualquier autoridad, particulares o grupos sociales, las cuales pretendan obligarle a adoptar determinada posición o identidad política religiosa o ideológica.

ARTÍCULO 14.- El Heraldo de México se obliga, a acatar y vigilar el cumplimento de este Código de Ética, y comprometerse con su difusión.

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