El Poder Judicial de la Federación validó la ley antichatarra que aprobó la LXIV Legislatura de Oaxaca en agosto pasado, para prohibir el suministro de alimentos con alto contenido calórico y bebidas azucaradas en menores de edad sin la autorización de sus padres o tutores.
El 29 de octubre del 2020, tres empresas solicitaron la suspensión de las restricciones establecidas en la adición al Artículo 20 Bis de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, ante las afectaciones económicas.
Sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito dio por desechada la demanda toda vez que la queja 225/2020, adolece de la debida fundamentación y motivación.
La diputada por Morena y promotora de la iniciativa Magaly López Domínguez consideró jurídicamente correcto que se negara la suspensión provisional solicitada, ya que su concesión, contravendría disposiciones de orden público y el interés social.
Toda vez que se permite el incumplimiento de una norma que tiene por objeto eliminar o reducir la ingesta de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en el estado de Oaxaca y en instituciones educativas públicas o privadas de niveles básico y medio superior en la población infantil y adolescente.
Lo anterior implica permitir sin límites la distribución, comercialización, y con ello, la ingesta de esos productos que carecen de valor nutricional y solo contribuyen a problemas de salud pública.
López Domínguez, indicó que este hecho, representa un gran avance en la lucha para erradicar el problema de salud pública como la obesidad y diabetes en las niñas y niños.
Por: Carina García