DELITO ELECTORAL

¿Entregar despensas y repartir tarjetas es considerado delito electoral en México?

Un delito electoral son todas aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral

ELECCIONES

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Sí es delito destruir o alterar documentos o materiales electorales.Foto: CuartoscuroCréditos: Foto: Cuartoscuro

Durante las campañas electorales es muy común que los candidatos, coaliciones o partidos políticos distribuyan diversos bienes y servicios a los ciudadanos, entre los que destacan despensas, tarjetas, tinacos, entre otros; sin embargo, esto no es considerado un delito electoral, mientras no implique la coacción del voto.

De acuerdo con la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales  (FEDE) un delito electoral son todas aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.

Los delitos electorales pueden ser cometidos por cualquier persona, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religioso.

Aquí te presentamos una lista de las acciones que sí son consideradas delitos electorales por la FEDE

1. Recoger en cualquier tiempo y sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.

2. Presionar o amenazar a otras personas para que asistan a eventos proselitistas, a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición.

3. Amenazar con suspender los beneficios de los programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho del voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición

4. Organizar la reunión o el transporte para llevar a personas y o para que digan por quién votar.

5. Apoderarse, destruir, alterar, poseer, comercializar o suministrar de manera ilegal, equipos o insumos necesarios para la elaboración de credenciales para votar.

6. Proporcionar fondos provenientes del extranjero a un partido político, coalición, agrupación política o candidato para apoyar actos proselitistas dentro de una campaña electoral.

7. Proveer bienes y servicios a las campañas electorales sin formar parte del padrón de proveedores autorizado por el órgano electoral administrativo.

8. Alterar o participar en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participar en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía.

9. Solicitar, promover, trasladar, subsidiar, gestionar, contratar servicios o bienes para que una o más personas proporcionen documentos o información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores, se les impondrá hasta una mitad más de la sanción que les corresponda conforme al primer párrafo de este artículo.

10. Mediante amenaza o promesa de empleo, paga o dádiva, o promesa de entrega de cualquier tipo de recurso o bien, solicite o promueva que una o varias personas entreguen información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores, se les impondrá hasta una mitad más de la sanción que les corresponda conforme al primer párrafo de este artículo.

11. Destinar, utilizar o recibir aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.

En la página http://www.fepade.gob.mx/swb/fepade/Programas puedes encontrar otras acciones que la FEDE también considera como delitos electorales.

brc