ELECCIONES

¿Pueden aparecer los apodos de candidatos en la boleta electoral? Esto dice la ley

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, autorizó los sobrenombres de los candidatos, al ser reconocidos por los electores como propios de un candidato

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La estrategia fue poco efectiva para los candidatos que decidieron aparecer en la boleta electoral con su alias. Foto: Cuartoscuro

Actores, actrices, cantantes, deportistas e influencers tratarán de ocupar un cargo público en las próximas elecciones del 6 de junio de 2021, y aunque esto no es nuevo, la lista de personalidades que se han unido a un partido político va en aumento. 

Tal es el caso de Alfredo Adame, el luchador 'Tinieblas', Patricio 'Pato' Zambrano, Paquita La del Barrio, entre otros; pero la pregunta es: ¿Estos famosos podrán utilizar sus sobrenombres o nombres artísticos en las boletas electorales?  

Sobrenombres

El pasado 7 de junio del 2018 el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la validación del voto, cuando el elector marque toda la boleta electoral con un apodo, nombre o apellido de algún candidato, aunque abarque el espacio de diversas casillas. 

Asimismo, a través de un acuerdo general, aprobado por el Consejo General del INE, se estableció la necesidad de emitir criterios que las y los presidentes de casilla , quienes deberán utilizar el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas de algún candidato, aunque este sea escrito por el elector en cualquier espacio de la boleta, incluso ocupando gran parte de la superficie de la misma. 

En junio de 2016 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, autorizó los sobrenombres de los candidatos, al ser reconocidos por los electores como propios de un candidato, por lo que podrían aparecer en las boletas. 

De igual manera, se concluyó que si el uso de siglas, abreviaturas, sobrenombre o apodos de candidatos en la boleta electoral, que sean del conocimiento y uso público, permite la identificación plena de los mismos, y que este no cause confusión en el electorado, y la intervención del voto sea clara, el voto será considerado válido

Por otra parte, en el caso de existir candidatos que puedan tener las mismas iniciales o apellidos, los cuales al momento de analizar la boleta crean duda en la intención del voto, este se considerará nulo

Mala estrategia 

En el proceso electoral de 2017-2018 se permitió, por segunda vez en la historia de Nuevo León, el uso de alias, apodos y sobrenombres de los candidatos postulados en dichas elecciones. 

Pese a lo esperado, la estrategia fue poco efectiva para los candidatos que decidieron aparecer en la boleta electoral con su alias, pues, de acuerdo con cifras de la Comisión Estatal Electoral, a 194 aspirantes a un cargo de elección popular les fue aprobada esa modalidad y tan solo el 14 de ellos lograron obtener la victoria en las urnas. 

 

efve