Los Órganos Internos de Control (OIC) son las instancias clave de un adecuado ejercicio del servicio público, son las áreas encargadas de verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable y de vigilar el adecuado uso de los recursos públicos por parte de las dependencias y entidades que conforman a la administración pública en sus tres órdenes de gobierno. Con respecto al orden federal, señalar que en la parte final del sexenio anterior, éstos habían sido súbitamente disgregados de las dependencias y entidades, y disminuidos en sus facultades y funciones al concentrar sus potestades y tareas en cuatro grandes unidades que centralizadamente operaban desde la anterior Secretaría de la Función Pública. Esto generó una confusión enorme tanto al interior como al exterior.
Con la nueva denominación de lo que es hoy la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno que continuará con esta atribución del control interno, decir que se ha registrado un cambio relevante. Con la dirección de la actual Secretaria Raquel Buenrostro, el pasado 9 de enero de 2025 se expidió el “Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades” reestableciendo con él, la necesaria figura de estos órganos fiscalizadores en la administración pública federal centralizada y creando oficinas de representación en sus órganos desconcentrados. Lo mismo con relación a las entidades (sector paraestatal) y sus respectivas oficinas en el marco de la sectorización.
Desde nuestro punto de vista, es un acierto de la Secretaría. Con esta reorganización se pretendería una debida gestión y el buen gobierno, al regresar a un esquema congruente y bien organizado que reestablezca y clarifique para todos, incluyendo ciudadanos, quienes son las figuras de autoridad fiscalizadora y de control, lo que esperemos se traduzca en un avance para la nueva administración en su política anticorrupción.
No obstante, en el marco de esta reorganización, se hacen algunas observaciones y recomendaciones: a) Se observa que ya no estará presente la figura de los comisarios por cada uno de los sectores que integran la organización gubernamental; que no habrá oficinas de representación en el IMSS ni en el ISSSTE, tampoco habrá delegaciones ni representaciones en la Comisión Federal de Electricidad (hubiera sido bueno, en aras de la transparencia), y algunos OIC tendrán un domicilio distinto al de las dependencias y entidades que fiscalizarán. Por lo que habría que reevaluar estos cambios. b) Así mismo, en cuanto a recomendaciones, seguirá siendo de gran relevancia la profesionalización de estos cuerpos colegiados, vía lineamientos específicos o la certificación de funciones (auditoría, quejas, responsabilidades, mejora de la gestión y ahora transparencia y protección de datos personales), así como la rotación en ciertos períodos de este personal. Mucho éxito a la nueva Secretaria y a su equipo.
Apunte
A propósito de los OIC, una pena que el nuevo titular del OIC del Instituto Nacional Electoral haya revocado los lineamientos del servicio profesional del propio OIC. Es una pena, porque este OIC pudo haberse constituido en un referente para el resto de los OIC tanto a nivel de órganos del Estado como de los gobiernos y administraciones públicas de sus tres órdenes.
POR RAFAEL MARTÍNEZ PUÓN
INTEGRANTE DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
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