COLUMNA INVITADA

Vapers y libertad

Los vaporizadores o vapers, son dispositivos diferentes de los cigarros electrónicos y no contienen tabaco. Su venta no está autorizada por la COFEPRIS, pero esta dependencia los asimiló al cigarro electrónico en su alerta sanitaria que precedió al decreto prohibitivo

OPINIÓN

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Gustavo de Hoyos Walther / Columna invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Foto: Especial

Recientemente, el Ejecutivo Federal emitió un decreto que prohíbe la circulación y comercialización de vaporizadores y cigarrillos electrónicos. Dentro de los productos prohibidos están aquellos que no contienen nicotina ni tabaco. Aunque es plausible que el gobierno esté atento a la salud de sus gobernados y genere políticas públicas tendientes a protegerlos, estos esfuerzos deben ser coherentes, y respetar la libertad individual. 

Los vaporizadores o vapers son dispositivos diferentes de los cigarros electrónicos y no contienen tabaco. Su venta no está autorizada por la COFEPRIS, pero esta dependencia los asimiló al cigarro electrónico en su alerta sanitaria que precedió al decreto prohibitivo. 

La Ley General para Control del Tabaco en su artículo 16 prohíbe distribuir, comercializar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga algún elemento de la marca, diseño o señal auditiva que lo identifique o confunda con productos de tabaco.

Cabe destacar que en octubre de 2021 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación había determinado que la prohibición absoluta referida era inconstitucional, pues vulnera la libertad de comercio y el derecho al desarrollo de la libre personalidad, así como los derechos de igualdad y no discriminación, proporcionalidad y seguridad jurídica. 

Conforme a la resolución de la SCJN, el Estado carece de legitimidad para prohibir a personas adultas plenamente capaces que en condiciones de racionalidad adecuadas decidan el consumo relativo, y que ese consumo es parte de su plan de vida y asumen libremente el costo que para su salud o su vida puedan conllevar el uso de los productos del tabaco.   

De igual forma, se establece que la prohibición de vapear, tendría que ser directa sobre las particularidades propias de estos productos, y no por ser similares al tabaco, lo cual es claramente inconstitucional. 

Cabe reflexionar, por qué si el Ejecutivo Federal considera dañino el uso de vaporizadores y los prohíbe, por otro lado permite y regula la comercialización y uso del tabaco. 

El decreto presidencial recién emitido, limita el libre desarrollo de la personalidad, es decir incide en la felicidad de los ciudadanos que consiste en el goce de la igualdad, seguridad, propiedad y libertad. Este derecho sirvió de fundamento para legalizar el alcohol.  

Sería más prudente que en vez de prohibir y vulnerar el orden constitucional, se emitiera una regulación inteligente con estándares específicos por la vía legislativa, lo cual es una solución que respeta derechos de la ciudadanía protegidos en la Constitución, permitiendo que el Estado siga atento a los intereses fundamentales de los gobernados. 

POR GUSTAVO DE HOYOS WALTHER

ABOGADO Y FUNDADOR DE SÍ POR MÉXICO

@GDEHOYOSWALTHER

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