De acuerdo con Kofi Annan, el Estado de Derecho es un principio de gobierno según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, -incluido el propio Estado-, están sometidas a leyes, que se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, y que son compatibles con las normas y principios internacionales de derechos humanos.
Por otro lado, la democracia constitucional descansa en 3 pilares fundamentales: la división operativa y funcional de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial; el respeto, la protección y garantía de los derechos humanos, y una Constitución que distribuye competencias y garantiza derechos humanos. En este sentido, México es un Estado Democrático de Derecho, porque contamos con una Constitución que establece la división de poderes y el reconocimiento de los derechos humanos, y constituye el sustento del entramado jurídico que todas y todos estamos obligados a cumplir. Lo anterior desde luego incluye a las autoridades que además nos regimos por el principio de legalidad, lo que quiere decir que estamos obligadas a actuar de acuerdo con lo que expresamente nos está permitido en la ley, no sólo por el deber de cumplir la norma sino también por la preocupación justificada de garantizar la protección de los derechos humanos, pues de ello deriva la legitimidad de las personas gobernantes y sus decisiones.
En materia político-electoral, contamos con normas específicas que rigen los procesos electorales y de participación ciudadana, marco jurídico que debe ser observado por todas las personas involucradas en la vida política del país, incluyendo por supuesto a las y los servidores públicos; y, en caso de incumplirse con tales disposiciones, es deber de las autoridades electorales intervenir para restablecer el orden legal y con ello generar certeza de que las leyes son aplicadas a todas las personas por igual.
Para vigilar el cumplimiento de estas leyes se creó al Instituto Federal Electoral que después dio paso al Instituto Nacional Electoral (INE), instituciones imparciales y autónomas cuya principal función ha sido organizar procesos electorales y, en el caso del INE, además de participación ciudadana, vigilando que en todo momento se respeten las normas que los regulan. Sin embargo, para hablar de una verdadera democracia, además de contar con elecciones auténticas, resulta fundamental considerar otros como la existencia de un Estado de Derecho.
Para el proceso de Revocación de Mandato se estableció tanto en la Constitución como en la ley de la materia que el INE y los Organismos Públicos Locales tendrían a su cargo, de forma exclusiva, la difusión de dicho mecanismo participativo. Además, se previó que desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de revocación de mandato, debía suspenderse la difusión de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno. Sin embargo, diversas autoridades gubernamentales y actores políticos no respetaron lo previsto en dicho ordenamiento. Más aun, el Congreso de la Unión emitió un Decreto por medio del cual estableció una interpretación del concepto de “propaganda gubernamental” con la finalidad de permitir la vulneración a las normas y criterios que han regido nuestro modelo de comunicación política por al menos 14 años.
Por fortuna, las autoridades electorales no ignoraron los precedentes y consistentemente desde el INE se siguieron emitiendo las medidas cautelares que se consideraron procedentes, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, y la Sala Superior del TEPJF determinó que el Decreto emitido por el Congreso de la Unión era inaplicable al proceso de Revocación de Mandato, puesto que a través de éste se establecía una excepción a la prohibición de la difusión de propaganda gubernamental que no se encontraba prevista ni en el texto constitucional ni legal.
Sin duda alguna, esta primera implementación del proceso de Revocación de Mandato se desarrolló en medio de diversas controversias planteadas por distintos actores políticos, que constantemente denunciaban transgresiones a la normatividad que regía el proceso, llegando así a presentarse 192 quejas en el ámbito central y a radicarse 127 procedimientos especiales sancionadores en los órganos desconcentrados del INE. Pese a todo esto, el pasado 10 de abril se llevó a cabo una jornada de votación ejemplar en términos organizativos, gracias al compromiso de la ciudadanía.
En tiempos de polarización política como los que atraviesa nuestro país, debe prevalecer el razonamiento de que las instituciones deben ejercer sus atribuciones legales, buscando en todo momento asegurar la viabilidad democrática. Someter al escrutinio público el discurso amigo-enemigo resulta un vaciamiento argumental que ignora las atribuciones que constitucionalmente sostienen a las instituciones, de modo que las decisiones fundamentadas en la ley no pueden ni deben ser medidas por índices de popularidad.
Para contar con instituciones y gobiernos verdaderamente democráticos se requiere de la presencia de personas auténticamente demócratas que actúen en cumplimiento estricto de las normas, que atiendan los limites establecidos constitucionalmente para cada poder, que acaten las normas por hábito y convicción, y que tomen decisiones sin importar si se contraponen al clamor popular o a los deseos de las personas en el poder.
POR DANIA RAVEL
CONSEJERA ELECTORAL
@DANIARAVEL
CAR