El pasado 19 de enero la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que debe existir una diferencia entre la información y la opinión en los programas de radio y televisión.
Distintas voces han salido a señalar que semejante resolución judicial vulnera la libertad de expresión porque es de imposible cumplimiento. Las mejores prácticas internacionales del quehacer periodístico disponen, por el contrario, la obligación ética de distinguir la información de la opinión. Basta tan sólo señalar algunos ejemplos de lo que aquí se afirma.
El Código Europeo de Deontología Periodística establece que: “3. El principio básico de toda consideración ética del periodismo debe partir de la clara diferenciación, evitando toda confusión, entre noticias y opiniones. Las noticias son informaciones de hechos y datos, y las opiniones expresan pensamientos, ideas, creencias o juicios de valor por parte de los medios de comunicación, editores o periodistas”.
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La cláusula 5 del Código de Ética de la Asociación Canadiense de Radiodifusores prescribe que: “Se deberá asegurar que las noticias no sean editorializadas”.
De igual modo, el artículo 2 del Código Sueco de Ética para la Prensa, la Radio y la Televisión señala que: “Se permitirá que las audiencias estén en posibilidades de distinguir entre las declaraciones de hecho y los comentarios”. Por el contrario, no existe código de ética periodística alguno que apunte que entrelazar información con opinión sea un deber ético. Distinguir entre información y opinión es un requisito indispensable para garantizar el derecho a la información de la comunidad.
Los medios no tienen como objetivo ejercer la libertad de expresión como un fin en sí mismo. La razón de la existencia del periodismo es promover el derecho a la información del público. Lo hace a través de la libertad de expresión, en su sentido amplio, que profesionalmente hace las veces de derecho instrumental para alcanzar el derecho que , con mayor denuedo debe honrarse, el de conocer.
Mezclar información con opinión significa manipular el derecho a saber, impide que el ciudadano pueda formar su propio juicio con los datos duros y, en todo caso, con los comentarios, análisis u opiniones que pongan en contexto las afirmaciones de hecho.
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Además, debe entenderse que las notas presentadas como información pura y dura generan mayor capacidad de absorción en las audiencias , en relación con las opiniones o la publicidad.
De ahí que en las sociedades democráticas, las asociaciones de dueños y periodistas de la radio, la televisión y la prensa hayan incluido en códigos de ética como un deber la separación entre datos y opiniones. La Suprema Corte de Justicia de la Nación lo que hizo con esta sentencia fue dar un paso a favor del constitucional y legítimo derecho de la sociedad a estar informada a la luz del interés público.
POR ERNESTO VILLANUEVA
COLABORADOR
@EVILLANUEVAMX
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Libertad de expresión, en la mira