ALHAJERO

Parón a la Reforma Fiscal Penal

El delito grave contra la seguridad nacional no puede convertirse en cajón de sastre que acomode las prioridades de la política legislativa en turno

OPINIÓN

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Martha Anaya / Alhajero / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El ministro de la Suprema Corte, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, fue el primero en ponerle ayer la banderilla a la Reforma Penal Fiscal de 2019.

“El delito grave contra la seguridad nacional no puede convertirse en un cajón de sastre que acomode las prioridades de la política legislativa en turno”, lanzó de entrada.

Decidir cuáles son los delitos graves contra la seguridad de la nación que ameritan prisión preventiva oficiosa debe ser limitado y estricto, y no un subterfugio para restringir derechos humanos en función de prioridades momentáneas, alegó el abogado que encabezara el SAT entre 2008 y 2012.

Gutiérrez Ortiz Mena preguntó a sus pares: “¿Se justifica que el ciudadano acusado por los delitos de contrabando, defraudación fiscal y facturación de operaciones simuladas o inexistentes, sea tratado bajo un régimen de excepción que permita privarlo de la libertad por virtud de esa sola acusación, y no a partir de un examen ponderado de las circunstancias particulares?”.

Su cuestionamiento al proyecto del ministro ponente Fernando Franco –que proponía validar la reforma de 2019–, sería seguido por el de Javier Laynez Potisek:

“Estos delitos no deben estar comprendidos en el Artículo 19. Nos dicen que son una amenaza a la seguridad nacional y que lo quieren es disminuir su impacto en la Hacienda Pública… ¡Para eso no es la prisión preventiva oficiosa!”, acotó.

Y no es negarle al Estado la posibilidad de luchar contra estos fenómenos delictivos –apuntaría el ministro–, puede echar mano de la prisión preventiva que incluye esos delitos. Pero la prisión preventiva oficiosa es otra cosa.

Uno a uno, fueron planteando su posición los ministros. Cada uno con sus asegunes. De los 11, sólo tres estarían a favor de validar la reforma: el ministro ponente Fernando Franco, la extitular del SAT, Margarita Ríos-Farjat, y la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

A decir de Ríos-Farjat, el contrabando, la defraudación fiscal y las factureras no deben ser vistos como meros delitos fiscales, pues son cometidos por redes criminales con un gran poder de corrupción.

El ministro presidente Arturo Zaldívar, si bien compartía el tema de la afectación a la seguridad nacional, no lo aceptaba con relación a la prisión preventiva oficiosa.  

“No se puede estar ampliando simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. No se trata de no acatar la Constitución, sino de tomarnos en serio los derechos humanos que son parte del artículo primero constitucional”, sentenció.

Aún quedaron pendientes por resolver, pero por lo pronto, ni peligro para la seguridad nacional, ni prisión preventiva oficiosa para los delitos fiscales.

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POR MARTHA ANAYA
MARTHAMERCEDESA@GMAIL.COM
@MARTHAANAYA

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