Elecciones 2025

Corte admite solicitud para determinar si procede la suspensión de actividades del Comité de Evaluación del Poder Judicial

Recordaron que las suspensiones emitidas son por parte de los Juzgados Primero de Distrito en Michoacán, y Sexto de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco

Corte admite solicitud para determinar si procede la suspensión de actividades del Comité de Evaluación del Poder Judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la solicitud de ejercicio de facultad hecha por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, en la que piden su intervención y solicitan, dirima la controversia planteada al interior de dicho Poder sobre la suspensión de las actividades relacionadas con el proceso electoral extraordinario 2024-2025.

El expediente correspondiente, se turnó al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena debido a que tiene también a su cargo las solicitudes de ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación 3/2024 y sus acumuladas 4/2024 y 6/2024, estrechamente ligadas a este tema.

Esto, luego de que, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación promovió ante el alto tribunal, que defina la vía para controvertir las medidas cautelares otorgadas en los juicios de amparo promovidos contra el Decreto de reformas constitucionales en materia de Poder Judicial.

Reanudarán actividades en el proceso de selección 

La determinación se tomó, el jueves por la noche, ante la imposibilidad que señalaron los integrantes de dicho Comité, encabezado por Wilfrido Castañón León, de cumplir con el mandato de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para reanudar sus actividades en el proceso de selección de candidatos a jueces, magistrados y ministros.

Elecciones del Poder Judicial serán el 1 de junio Foto: Especial 

En las razones para no acatar el ordenamiento del tribunal electoral, y que ya fue notificado a los magistrados de la Sala Superior, argumentaron que hay ordenamientos judiciales que “vinculan a este Comité a paralizar cualquier acto de ejecución del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial”.

Recordaron que las suspensiones emitidas son por parte de los Juzgados Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, y Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco.

También resaltaron, que los requerimientos contenidos en ellas están aparejados de un apercibimiento de dar vista al Ministerio Público de la Federación, para que inicie la carpeta o las carpetas de investigación que correspondan, y la imposición de
multas que van de los 54 mil 285 a los 107 mil 570 pesos.

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