Vicios de procedimiento

SCJN invalida reforma electoral de Guanajuato: vulnera el principio de deliberación democrática

El ministro Alberto Pérez Dayán destacó los argumentos de Morena para impugnar la reforma son los mismos que consideró la Corte para resolver en el Plan B

SCJN invalida reforma electoral de Guanajuato: vulnera el principio de deliberación democrática
Esta reforma en Guanajuato implicó más de 80 modificaciones a la ley Foto: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma electoral de Guanajuato por violaciones al procedimiento legislativo.

Este jueves, el máximo tribunal analizó la acción de inconstitucionalidad promovida por Morena en contra de la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales en esa entidad, publicada el pasado 31 de mayo.

La Corte determinó que la reforma fue aprobada vulnerando el principio de deliberación democrática, ya que se dispensó, sin justificación, que el dictamen respectivo se distribuyera con al menos 48 horas de anticipación a la sesión en que se aprobó, lo que se derivó en su desconocimiento.

En junio pasado, integrantes de Morena criticaron la decisión de la Corte de invalidar el Plan B, pero el dirigente nacional Mario Delgado presentó la acción de inconstitucionalidad contra la reforma electoral de Guanajuato señalando vicios de procedimiento legislativo.

"Coincido con el proyecto y es, en mi concepto, de declararse la invalidez de la norma que produjo el Congreso del Estado de Guanajuato

El ministro Alberto Pérez Dayán destacó durante la sesión de este jueves que los argumentos de Morena para impugnar la reforma son los mismos que consideró la Corte para resolver en el Plan B.

“Considerando que estas condiciones apuntadas aquí por el partido político Morena son esencialmente las mismas que tuvo en consideración este Alto Tribunal para resolver el 8 de mayo de 2023, las acciones de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas 30/2023, 31/2023, 37/2023, 38/2023, 43/2023 y 47/2023, por nueve votos; de manera que, asistiéndole la razón al presidente Nacional del Partido accionante al demostrar la violación a los principios de la deliberación democrática, coincido con el proyecto y es, en mi concepto, de declararse la invalidez de la norma que produjo el Congreso del Estado de Guanajuato”, explicó.

¿Qué trata la reforma que invalidó la SCJN? 

Esta reforma en Guanajuato implicó más de 80 modificaciones a la ley, entre estas, aspectos fundamentales de los procesos electorales en esa entidad.

“La declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia de La Corte al Congreso local, con excepción de la relativa al artículo 174, párrafo segundo –concerniente al inicio de la etapa de preparación de la elección–, la cual surtirá efectos en la fecha en que concluya el proceso electoral 2023-2024, de tal forma que dicho proceso dará inicio del 25 al 30 de noviembre del presente año”, indicó la Corte.

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dhfm 

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