ELECCIONES DE EDOMEX Y COAHUILA

AMLO solicita a la Corte revocar suspensión del Plan B, acusa fraude a la Constitución

La presidencia asegura que el ministro Alberto Pérez Dayán viola la Carta Magna al suspender la aplicación de la Ley General de Comunicación Social

NACIONAL

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Créditos: Presidencia

La noche de este domingo, la presidencia de la República informó que a través de la Consejería Jurídica se impugnó la decisión del ministro Alberto Pérez Dayán de suspender la aplicación de las disposiciones que forman parte del plan B en materia electoral en el Estado de México y Coahuila porque se viola la Constitución.

En un comunicado, rechazó la decisión que suspende la aplicación del decreto que reforma las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas en dichos estados ya que las normas expedidas por el Congreso de la Unión solo pueden invalidarse mediante el voto de ocho ministros y está proscrito expresamente suspender sus efectos.

El presidente Andrés Manuel López Obrador solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “revocar la medida suspensiva al resultar contraria a los principios fundamentales del Estado de derecho, pues constituye un fraude a la Constitución que el ministro instructor, Alberto Pérez Dayán, se separe indebidamente de las reglas del procedimiento, lo que desnaturaliza los medios de control constitucional, y en la medida en la que el juzgador respeta o no el sentido original de la norma, su decisión será calificada de democrática o antidemocrática”.

López Obrador solicitó a la Corte revocar la medida suspensiva
FOTO: Especial 

Ministro estaría violando un valor constitucional

Indicó que la suspensión otorgada por el ministro Pérez Dayán afecta de manera grave una de las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, como es la división de poderes, ya que carece de facultades para anular un valor constitucional superior. Explicaron que en el Artículo 64 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspender efectos de una norma general.

En el comunicado se enfatiza que los juzgadores y autoridades de Estado están obligados a fundar y motivar sus decisiones por lo que “el ministro Pérez Dayán no puede apartarse de las reglas específicas que establecen las leyes al tramitar los medios de control constitucional, pues la legitimación del Poder Judicial se diluye cuando sus decisiones responden a posiciones políticas o personales”.

Subrayó que “resulta preocupante que el ministro Alberto Pérez suspenda la aplicación de las leyes sin que exista ningún hecho o indicio que demuestre la supuesta existencia de alguna afectación irreparable al sistema democrático o a los derechos fundamentales implicados, como lo señala de forma dogmática en su determinación”.

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