A partir de una reforma al artículo 361 bis del Código Penal de Nayarit, la penalidad por el delito de feminicidio será de 75 años prisión y una multa superior a los 124 mil pesos.
Las condiciones para que un feminicida reciba esta penalización refieren a que cometa el delito en contra de una mujer menor de edad, embarazada; además de utilizar psicotrópicos en daño de la víctima.
Esta reforma se llevó a cabo en sesión ordinaria del Congreso local, dónde también hubo reformas a diversos artículos del Código Civil, en materia de rectificación de actas de nacimiento.
¿Qué incluye la reforma?
Ellas relacionadas con la convivencia de hijas e hijos de padres separados; y la igualdad de derechos para hijos de matrimonios igualitarios.
En la rectificación de actas de nacimiento, la reforma al capítulo: De la Modificación, Rectificación y Nulidad de las Actas del Registro Civil en el Código Civil, protege el derecho de identidad, igualdad y el libre desarrollo de la personalidad, además permite disminuir los requisitos y cargas de trabajo al momento de iniciar el proceso de aclaración de actas de nacimiento.
Las reformas se realizaron a los artículos 55, 58, 60, 77 131, 353 y 370 del Código Civil, que abren la posibilidad para que matrimonios entre mujeres permitan el registro de sus hijas e hijos para otorgarles seguridad y otros derechos, sin ningún tipo de discriminación.
Respecto a la convivencia de hijos e hijas con padres separados, las y los legisladores aprobaron la modificación del artículo 439 del Código Civil, que garantiza entre hijas e hijos con padres o madres que no tienen la patria potestad.
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