La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata libertad de tres líderes purépechas sentenciados por el delito de sabotaje.
Se trata de los integrantes del Consejo Indígena de Nahuatzen, Michoacán, José Gerardo Talavera Pineda, José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, quienes señalaron que al ser encontrados penalmente responsables no se consideró el contexto político de su comunidad y que buscaban ejercer su derecho a la autodeterminación.
Los tres hombres fueron sentenciados por dañar oficinas del DIF en la zona, pues según las autoridades, con su conducta se perjudicó la capacidad de las instituciones gubernamentales del Estado, concretamente del ayuntamiento.
“Al no haberse acreditado la concurrencia de las circunstancias necesarias –conforme a la ley– para estimar la existencia de uno de los elementos del hecho que la ley señala como delito de Sabotaje, resulta innecesario realizar el examen de los demás componentes, así como de los restantes agravios enderezados por los quejosos.
“No obstante, ante la magnitud de las violaciones analizada, y en aras de evitar que se produzca una eventual violación al principio non bis in idem y dilatar innecesariamente el proceso, –dado que la restitución del derecho violado tiene el alcance de devolver la libertad a los quejosos– lo conducente es concederles el amparo y protección de la Justicia Federal de manera lisa y llana”, propuso el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Los integrantes de la Primera Sala que aprobaron el proyecto por unanimidad, ordenaron que se investigue la tortura que presuntamente sufrieron los líderes purépechas.
“La denuncia de actos de tortura es sumamente relevante para que todas las autoridades del Estado cumplan con las obligaciones impuestas de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, entre las que se encuentra cualquier práctica de tortura, que atenta contra la integridad de las personas, con independencia de que tenga o no impacto en un juicio penal instruido contra las presuntas víctimas de estos actos”, indicó la Corte.
La presidenta de la Primera Sala, Margarita Ríos Farjat, leyó la resolución en la que se ordena que se informe a la autoridad carcelaria de la decisión del máximo tribunal para que los tres hombres sean liberados.
“Se instruye a la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que, a través del medio de comunicación más eficaz, le comunique a la autoridad penitenciaria el sentido de este fallo y ordénese la inmediata y absoluta libertad de los recurrentes José Gerardo Talavera Rivera, José Antonio Arreola Jiménez, José Luis Jiménez Meza”, indicó.
Organizaciones como el Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P” celebraron la decisión del máximo tribunal porque se dio con base en un enfoque intercultural.
Además, estas consideraron que la detención se debió a una represalia por haber expulsado a los partidos políticos de su comunidad.
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