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SCJN anula permisos ambientales para ampliar Puerto de Veracruz

Los ministros determinaron que la Semarnat vulneró el derecho a un medio ambiente sano al verificar de forma fragmentada los impactos ambientales de las obras

NACIONAL

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SCJN anula permisos ambientales para ampliar Puerto de Veracruz (Foto: Juan David Castilla) Créditos: Juan David Castilla

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló los permisos ambientales para la ampliación del Puerto de Veracruz.

Los integrantes de la Sala determinaron que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)  vulneró el derecho a un medio ambiente sano al verificar de forma fragmentada los impactos ambientales de las obras.

Este fallo derivó del amparo que promovieron dos mujeres contra las acciones y omisiones destinadas a autorizar el proyecto de ampliación.

Aunque un juez sobreseyó su reclamo por considerar que no tenían interés legítimo, su caso fue atraído por la Corte, que señaló que estas acreditaron ser habitantes de ciudades que están dentro del área de influencia del Sistema Arrecifal Veracruzano, impactado por las obras de ampliación.

El máximo tribunal otorgó el amparo por el análisis fragmentado de las obras por parte de la autoridad ambiental, pues eso derivó en que no se evaluara debidamente toda la ampliación.

“Esta Primera Sala observa que la autoridad responsable no consideró la información más completa en cuanto a las posibilidades de todos los impactos asociados a la construcción de la ampliación del Puerto de Veracruz, pues al no analizar en su integridad el proyecto de ampliación y las obras sometidas a su autorización, fueron soslayados los elementos naturales y arrecifes existentes dentro del polígono decretado del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano.

“La omisión de analizar la posible afectación a ese ecosistema constituye una franca violación al artículo 4° de la Constitución Federal y, en particular, a los principios de precaución y prevención que campean en materia del derecho humano al medio ambiente, máxime que la protección de los humedales es una prioridad nacional e internacional que ha llevado a nuestro país a emitir una estricta regulación, la cual no fue tomada en cuenta al momento de emitir las autorizaciones reclamadas”, indica el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Los ministros ordenaron dejar insubsistentes las resoluciones reclamadas y emitir otras en las que se considere el derecho a un medio ambiente sano.

Además, las autoridades deben pronunciarse sobre los impactos ambientales y si es viable que continúen las obras tomando en cuenta el área natural protegida.

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