BASURA

Recicladores de basura podrían ser multados con hasta 6 años de cárcel si se aprueba esta iniciativa

Esta medida también incluye una multa de 89 mil 620 hasta 448 mil 100 pesos

NACIONAL

·
Los trabajadores no regulados serían los que se someterían a esta sanción Créditos: Twitter/JuniperLSimonis

Morena en el Congreso de la Ciudad de México propuso sancionar a los recicladores de basura, que no cuenten con permiso de las autoridades, con penas de 2 a 6 años de prisión y de  89 mil 620 hasta  448 mil 100 pesos.

Así se establece en una iniciativa presentada por la legisladora, Yuriri Ayala, en la cual detalla que eso solo será para quienes “desarrolle o ejecute actividades de reducción en la fuente, separación, reutilización, reciclaje, coprocesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos”.

Añadió que no entran en este apartado aquellas que están contempladas en la fracción XXXII de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

El artículo mencionado hace referencia a los residuos “que son generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos”.

Salud da 24 horas a alcaldesa para desahogar el mar de basura en Acapulco

“Debido que las personas legisladoras tenemos la obligación de establecer con mucha más precisión en qué casos una acción tan cotidiana como es el manejo de basura se consideraría relevante para efectos penales.

   

“Las personas legisladoras tenemos la obligación de establecer con mucha más precisión en qué casos una acción tan cotidiana como es el manejo de basura se consideraría relevante para efectos penales”, refirió.

Expuso que esto tiene como objetivo preservar la importancia que tiene la protección del medio ambiente y los recursos naturales, así como la necesidad de recurrir al derecho penal como herramienta para disuadir conductas que puedan poner en peligro estos bienes jurídicos.

“Cuando una o más de las conductas descritas en el presente artículo resulte cometida a nombre, bajo el amparo o a beneficio de una persona moral o jurídica, a ésta se le impondrá la consecuencia jurídica consistente en la prohibición de realizar determinados negocios u operaciones hasta por 5 años, multa hasta por quinientos días multa, independientemente de la responsabilidad en que hubieren incurrido las personas físicas por el delito cometido”, puntualizó.

La iniciativa busca modificar el artículo 346, fracción VI, del Código Penal para el Distrito Federal y fue turnada a la Comisión de Administración y procuración de Justicia para su análisis y dictaminación.