SINALOA

Tipifican hasta con 55 años de cárcel los crímenes de odio en Sinaloa

El Congreso estatal incluyó en el Código Penal de Sinaloa este ilícito por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género

NACIONAL

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Legisladoras en el Congreso de Sinaloa.Foto: Especial

Sanciones de hasta 55 años de prisión establecieron los diputados locales en la reforma al Código Penal para el Estado de Sinaloa, con lo que tipificaron el delito de crímenes de odio por razones de orientación y preferencia sexual o identidad de género.

El dictamen, que fue aprobado por unanimidad de los 40 legisladores, establece un castigo de 22 a 50 años de cárcel a quien cometa este delito; pero con una agravante en la pena de 30 a 55 años, si existió una relación de matrimonio, concubinato o hecho, de parentesco, laboral docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, entre el activo y la víctima.

Con esta reforma, se busca otorgar protección de la vida de las personas que son discriminadas por su orientación sexual, como lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales, intersexuales y queer.

Reformas necesarias

De acuerdo con el dictamen aprobado en el Congreso local, se comete el delito de crimen de odio, quien, por razones de orientación y preferencia sexual o identidad de género, prive de la vida a una persona.

Durante la discusión del dictamen, la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Flor Emilia Guerra Mena, y presidenta de la Comisión de Educación Pública y Cultura, destacó que este tipo de reformas son necesarias para cerrar el paso a todas las expresiones de discriminación.

Los delitos de odio tienen lugar cuando una persona ataca a otra por pertenecer a grupo social, según su edad, raza, género, identidad de género, religión, etnia, nacionalidad, afiliación política, discapacidad u orientación sexual.

Distintos grupos de activistas en el estado, hicieron un llamado al gobernador Quirino Ordaz Coppel, para que después de la aprobación de la reforma se publique en el Diario Oficial del Estado y no ocurra como en otras ocasiones que las leyes se van a la congeladora.

Por Carlos Valenzuela

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