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Sedema pone a consulta, proyecto ambiental para bolsas de plástico reutilizables

En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se publicó el Proyecto de Norma Ambiental para bolsas y productos plásticos de un solo uso compostables y/o reutilizables

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Una vez transcurrido el tiempo de Consulta Pública, la Norma Ambiental entrará en vigor en 180 días Foto: Especial

En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se publicó el Proyecto de Norma Ambiental para bolsas y productos plásticos de un solo uso compostables y/o reutilizables.

Se trata de las especificaciones Técnicas que serán sometido a Consulta Pública durante los próximos 30 días naturales.

Durante este lapso, los interesados podrán dirigir sus comentarios en formato Word, por escrito y en CD, con el sustento técnico y/o jurídico suficiente a la Presidencia del Comité de Normalización Ambiental de la Ciudad de México.

Una vez transcurrido el tiempo de Consulta Pública, la Norma Ambiental entrará en vigor en 180 días, con aplicación obligatoria en la Ciudad de México para las personas físicas y morales, públicas y privadas que comercialicen, distribuyan o entreguen bolsas de plástico compostables, reutilizables y reciclables, así como productos plásticos de un solo uso compostables de conformidad con la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y su Reglamento.

El propósito de dicha norma es establecer las especificaciones para el manejo de los residuos de bolsas y productos plásticos de un solo uso compostables, así como para el manejo de bolsas reutilizables, reciclables post consumo que deben considerarse en la elaboración de planes de manejo de forma complementaria a los requisitos establecidos por la Ley, su Reglamento y las regulaciones federales.

Las observaciones deberán ingresarse en la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental, ubicada en la calle Tlaxcoaque número 8, edificio Jeanne D’Arc, 5º piso, colonia Centro, en la alcaldía Cuauhtémoc.

Los teléfono a los que pueden comunicarse son: 52789931 ext. 5466, 5467, 5421, 5115 y 5117, al correo electrónico: sriatec_conadf@sedema.cdmx.gob.mx para que en términos de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal sean considerados.

Dentro de las especificaciones contenidas en la norma ambiental, que pueden consultarse en: https://www.sedema.cdmx.gob.mx/storage/app/media/DGEIRA/GacetaEspecificacionesTecnicasBolsasProductosPlasticosDeUnSoloUsoCompostabesYReutilizables.pdf, está que las bolsas compostables deberán ser diseñadas únicamente para el manejo de residuos orgánicos, de color verde o del color natural de la resina compostable e incluir la leyenda de “bolsa compostable” o “compostable” de manera visible y fácilmente identificable.

Las bolsas de plástico reutilizables permitidas deberán contener un mínimo de 50 por ciento de material reciclado post-consumo y garantizar que son 100 por ciento  reciclables.

Podrán comercializarse, distribuirse y entregarse en puntos de venta de bienes y productos, para el transporte de mercancías, las bolsas fabricadas total o parcialmente con plástico: De tela o lona en combinaciones con plástico.

De tela no tejida de polipropileno. De tela tejida de polipropileno (rafia tipo costal). De yute combinado con plástico. De plástico tejido (artesanales o industriales) y de mandado tradicional (malla o hilos de plástico)

Las bolsas de plástico necesarias por razones de higiene para el manejo de residuos inorgánicos deberán cumplir con especificaciones como la de que para residuos inorgánicos con potencial de reciclaje, el color de la bolsa debe ser gris.

Para Residuos inorgánicos de aprovechamiento limitado, el color de la bolsa debe ser naranja. Ambos deben ser fabricados de PEBD o PEAD (polietileno de baja y alta densidad), con contenido mínimo de 50% de material reciclado post-consumo y 100% reciclable

Las bolsas de plástico reutilizables y las de plástico para el manejo de residuos inorgánicos podrán ser elaborados a partir de PEBD o PEAD proveniente del post-consumo, los cuales podrán mezclarse en su formulación con material virgen.