VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES

¿Quiénes pueden cometer violencia política contra las mujeres en razón de género?

Pueden ser los agentes estatales, superiores jerárquicos y colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes y simpatizantes, un particular o un grupo de personas particulares

ELECCIONES

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Puede identificarse cuando una persona rechaza o excluye a otra del sexo femenino en el ámbito político por su género.Foto: CuartoscuroCréditos: Foto: Cuartoscuro

El Instituto Electoral del Estado de México informó este domingo, a través de sus redes sociales, quiénes pueden cometer violencia política contra las mujeres en razón de género.

De acuerdo con el órgano electoral del Edomex, pueden ser los agentes estatales, superiores jerárquicos y colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes y simpatizantes, un particular o un grupo de personas particulares.

También los representantes de partidos políticos, precandidatos y precandidatas, candidatos y candidatas postuladas por los partidos políticos, así como los medios de comunicación y sus integrantes.

¿Cómo identificarla?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral se trata de “cualquier conducta realizada de forma directa o a través de otra persona que cause daño o sufrimiento a una o varias mujeres, con el objetivo de reducir o anular el reconocimiento, acceso, goce o ejercicio de sus derechos político-electorales”.

Este tipo de violencia puede ocurrir en cualquier ámbito, tanto público como privado, y puede ser de distintas formas: simbólica, verbal, patrimonial, económica, psicológica, física y sexual.

Quienes sufran este tipo de violencia pueden denunciarla de manera escrita, oral, vía telefónica o por internet. Además la queja o denuncia puede ser presentada en la oficialía de partes del INE en la Ciudad de México, en las 300 juntas ejecutivas locales y distritales en todo el país, cualquier área del INE o los 32 Organismos Públicos Electorales.

brc