Las consejeras y los consejeros de la Judicatura de la Ciudad de México aprobaron, mediante el acuerdo 44-17/2024, la extinción de 24 juzgados civiles y 11 familiares, ambos de proceso escrito, en el periodo del 17 de junio al 29 de noviembre del 2024, informo el Poder Judicial de la Ciudad de México a través de una publicación.
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Detallaron que el proceso sucederá en los siguientes términos:
2. El proceso de extinción deberá sujetarse a lo establecido en los "Lineamientos para el Proceso de Extinción de Juzgados Civiles y Familiares del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México", aprobados mediante Acuerdo General 43- 17/2024.
3. El calendario de turno autorizado por Acuerdo Plenario 33-40/2023, emitido en sesión de fecha doce de diciembre de dos mil veintitrés, para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, continuará vigente hasta el veintidós de noviembre del año dos mil veinticuatro.
4. Con el propósito de salvaguardar el equilibrio en las cargas de trabajo en pro de una adecuada impartición de justicia, la persona titular de la Oficialía de Partes Común Civil, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas del H. Tribunal, a partir del diecisiete de junio del año en curso, dejará de turnar asuntos de nuevo ingreso a los Juzgados en proceso de extinción, con la finalidad de que concluyan la mayor carga de trabajo y preparen los asuntos que entregarán a los órganos jurisdiccionales que tendrán conocimiento de los juicios en lo sucesivo.
5. En aras de lograr un equilibrio en aquellos Juzgados que continuarán en operación, de manera que su capacidad operativa no se vea colapsada al recibir asuntos adicionales a los que ya se encuentran en proceso de extinción, se autoriza que los asuntos en trámite que se encuentran en los veinticuatro Juzgados Civiles y once Juzgados Familiares, todos de Proceso Escrito, de la Ciudad de México, a extinguir, se remitan a los órganos jurisdiccionales que más adelante se precisan, entregando su carga de trabajo a dos Juzgados que continuarán en operación, es decir, los dígitos pares a un Juzgado y los nones a otro Juzgado, a fin de que sean atendidos hasta su conclusión, conforme al siguiente orden:
6. Que en el periodo comprendido del once al veinticinco de noviembre del año dos mil veinticuatro, se llevará a cabo el cierre jurisdiccional y returno de expedientes, de tal suerte que, la entrega se realizará por digito, de
acuerdo al número de terminación de los expedientes; en consecuencia, y con el objeto de que los usuarios de los servicios de esta Casa de Justicia, tengan conocimiento de los Juzgados a extinguir, y a los que se les van a transferir los asuntos para continuar conociendo hasta su conclusión, el citado cierre y returno se realizará conforme al siguiente calendario:
7. En la semana comprendida del veinticinco al veintinueve de noviembre del presente año, se realizará el cierre administrativo y definitivo de los Juzgados a extinguir.
¿Cuáles son los juzgados que llevarán a cabo los juicios mercantiles y de divorcio?
Se tramitarán ante el Juzgado Civil de Proceso Oral, en la vía escrita, los "Juicios Ejecutivos Mercantiles", cuya cuantía sea desde $1.00 (Un peso 00/100 M. N.) y hasta el monto anual de $851,710.18 (Ochocientos cincuenta y un mil setecientos diez pesos 18/100 M.N.).
Se tramitarán en la vía "Ejecutiva Mercantil", los asuntos cuya suerte principal sea mayor a $4'000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.).
Se tramitará en la vía "Ejecutiva Mercantil Oral", los asuntos que por cuantía sean superiores al monto de $851,710.18 (Ochocientos cincuenta y un mil setecientos diez pesos 18/100 M.N.) y hasta $4'000,000.00 (Cuatro millones 00/100 M.N.).
Los asuntos que actualmente se encuentren tramitados ante los Juzgados Civiles de Proceso Escrito, seguirán bajo su sustanciación hasta que los mismos sean concluidos.
B) "JUICIOS DE DIVORCIO Y CONSECUENCIAS INHERENTES A LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL"
A partir del día diecisiete de junio del año dos mil veinticuatro, la distribución de turno por competencia para el conocimiento de los "Juicios de Divorcio y consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial", se realizará únicamente entre los Juzgados Familiares de Proceso Oral.